Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

ROJAS/BULLARD SERVICIOS SPA

Rol

O-62-2021

Fecha

13 de abril de 2021

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 al 11, 41 al 44, 54 al 58, 63, 160 Nº3, 162, 163, 168, 172, 173 y 420 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don Juan Aldair Rojas Yupanqui, en contra de Bullard Servicios SPA., representada por doña María Teresa Miranda Bullard y en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $497.750. 2.- La iindemnización por años de servicios por la suma de $2.488.750. 3.- El recargo del 80% de la indemnización por años de servicios de acuerdo con el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo, por $1.967.000. 4.- La compensación del feriado legal por a la suma de $348.250. II.- Que al no haberse invocado ni acreditado causal legal alguna para poner término al contrato de trabajo, se entenderá para todos los efectos legales que la relación laboral que unía a las partes ha llegado a su fin por necesidades de la empresa. III.- Que se condena en costas a la demandada, regulándose las costas personales en la suma de $100.000. IV.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser reajustadas y se le aplicar los intereses conforme los establecido en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día y en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la unidad de cumplimiento ejecutivo del tribunal. Dictada por doña KAREN ANDREA ALFARO LOPEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 al 11, 41 al 44, 54 al 58, 63, 160 Nº3, 162, 163, 168, 172, 173 y 420 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se hace lugar a la demanda interpuesta por don Juan Aldair Rojas Yupanqui, en contra de Bullard Servicios SPA., representada por doña María Teresa Miranda Bullard y en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $497.750. 2.- La iindemnización por años de servicios por la suma de $2.488.750. 3.- El recargo del 80% de la indemnización por años de servicios de acuerdo con el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo, por $1.967.000. 4.- La compensación del feriado legal por a la suma de $348.250. II.- Que al no haberse invocado ni acreditado causal legal alguna para poner término al contrato de trabajo, se entenderá para todos los efectos legales que la relación laboral que unía a las partes ha llegado a su fin por necesidades de la empresa. III.- Que se condena en costas a la demandada, regulándose las costas personales en la suma de $100.000. IV.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser reajustadas y se le aplicar los intereses conforme los establecido en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. Ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día y en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA FECHA 13 DE ABRIL DE 2021 RUC 21-4-0319425-2 RIT O-62-2021 MAGISTRADO KAREN ALFARO LOPEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA LEÓN AGUILERA SALA 2 HORA DE INICIO 13:05 HORA DE TERMINO 13:23 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0319425-2 PARTE DEMANDANTE JUAN ALDAIR ROJAS YUPANQUI ABOGADO MARCELO PEÑAILILLO  HENRIQUEZ PARTE DEMANDADA (REBELDE) BULLARD SERVICI

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica