NELSON ALBERTO VARAS URREA C/ ÁLVARO FABIÁN PÉREZ VEGA
Rol
O-3033-2020
Fecha
15 de octubre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día 08 de marzo de 2019, a las 01:20 horas de la madrugada, el imputado Álvaro Fabián Pérez Vega condujo en estado de ebriedad con al menos 0.95 gramos por mil de alcohol en la sangre y sin contar con licencia de conducir el automóvil marca “Nissan”, modelo “V-16”, placa patente WF-1669 por calle Salesianos frente al número 1738 de la ciudad de Linares. Linares, quince de octubre de dos mil veintiuno. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50 y 67 del Código Penal; 110, 196, 209 de la Ley de Tránsito; 395 y siguientes del Código Procesal Penal y 4° de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a ALVARO FABIAN PEREZ VEGA, ya individualizado, a las penas de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir, en grado de consumado, hecho ocurrido en Linares el día 08 de marzo de 2019. CXPVWVCYYX Carolina Pilar Rojas Araya Juez de garantía Fecha: 02/11/2021 18:04:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Se autoriza a pagar la multa impuesta en SEIS PARCIALIDADES, debiendo pagar la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriado este fallo y así sucesivamente. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio d
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a ALVARO FABIAN PEREZ VEGA, ya individualizado, a las penas de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a beneficio fiscal, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir, en grado de consumado, hecho ocurrido en Linares el día 08 de marzo de 2019. CXPVWVCYYX Carolina Pilar Rojas Araya Juez de garantía Fecha: 02/11/2021 18:04:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Se autoriza a pagar la multa impuesta en SEIS PARCIALIDADES, debiendo pagar la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente en que quede ejecutoriado este fallo y así sucesivamente. El no pago de una de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual, sin que pueda exceder de seis meses. III.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustitu
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RUC : 1900256314-5 RIT : 3033-2020 DELITO : Conducción en estado de ebriedad sin contar con licencia de conducir GRADO DESARROLLO : Consumado. IMPUTADO : ALVARO FABIAN PEREZ VEGA RUT N° : 19.575.323-7 DOMICILIO : Villa NEMESIO Antúnez, pasaje Valle Nevado N° 0185 Linares FISCAL : Paulina Salazar Hernández DEFENSOR : Marco Caballero Catalán PROCEDIMIENTO : Simplificado. ATENUANTES : Artículo 11 N
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