Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Fernando.

SERGIO (CARAB) CAYUMAN RAIN C/ JOCELYN NATHALY SOLÍS TORRES

Rol

O-87-2021

Fecha

30 de octubre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos constituyen el delito consumado de cultivo/cosecha de especies vegetales productoras de estupefacientes, previsto y sancionado en el XXBQWVXQBJ Felipe Ignacio Cortes Ibacache Juez oral en lo penal Fecha: 02/11/2021 10:49:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 artículo 8 de la ley 20.000 en el cual a la acusada le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, la calidad de autora de los hechos materia de la acusación. A juicio de la Fiscalía, concurre a favor de la imputada la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior. Por lo anterior, solicita se aplique la pena de 3 años y un día años de presidio menor en su grado máximo y multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales, accesorias legales, comiso de la droga y efectos incautados y las costas que procedan conforme el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. Ya en el juicio, en su alegato de apertura, el fiscal sostuvo que en este juicio, conforme a la prueba que se rendirá, se acreditará que este procedimiento llevado a cabo por personal de la SIP, fue orientado por el turno macrozona de la fiscalía en cuanto a las directrices impartidas y concurrencia al domicilio de la imputada. En dicho lugar, tal como se establecerá, se produce un ingreso voluntario y autorizado por la imputada, tal como darán cuenta los funcionarios y que además se reconoció por la acusada la propiedad de una planta de cannabis, sin perjuicio de que la casa habían dos plantas y marihuana en proceso de secado. Hasta la fecha no ha habido justificación para la tenencia.

Fundamentos

motivos por los cuales estaban en el lugar y que correspondía a una denuncia por plantas de marihuana. Ella, libre y espontáneamente les señaló que tenía una planta que era de su propiedad. Las declaraciones prestadas por ambos personeros policiales a cargo del procedimiento fueron estimadas por estos jueces como creíbles y veraces, no existiendo contradicciones internas en sus relatos y que, además fueron plenamente coincidentes. En efecto, ambos dieron cuenta de la forma en que tomaron conocimiento de la denuncia el día 06 de marzo del año 2020 respecto de una plantación de marihuana en el sector El Cristo, Los Lingues, Roma en San Fernando y que se informó de inmediato a la fiscal de turno en esos momentos, quien los instruyó con diligencias investigativas de concurrir al lugar y solicitar una entrada y registro voluntaria. Sus dichos resultaron plenamente contestes en cuanto al lugar, día y hora señalados en la acusación. Y ello fue así, a las cerca de las 12:30 horas se constituyeron en el lugar, se encontraron con una persona de sexo femenino que correspondía a la imputada Solís Torres. Se identificaron como carabineros y le dieron a conocer el motivo por el cual habían concurrido a su domicilio, solicitándole además si autorizaba el ingreso voluntario a dicho lugar, a lo que la imputada accedió sin problema alguno. Dicha diligencia se encuentra plenamente amparado por lo dispuesto en el artículo 205 del Código Procesal Penal, el cual dispone que, cuando se deba comprobar un hecho que se investigare y se encuentre en un determinado edificio o lugar cerrado, se podrá entrar al mismo y proceder al registro, siempre que su propietario o encargado consintiere expresamente en la practica de dicha diligencia. Esto fue precisamente lo que ocurrió en el caso en comento, la imputada, quien se indentificó como aquella que vivía en dicho lugar junto a su hija menor, accedió a que los funcionarios policiales ingresaran al lugar. Es más, ella misma señaló en estrados, renunciando a su derecho a guardar silencio, que los carabineros llegaron a su domicilio y se inditificaron como tales con sus placas y que le solicitaron el acceso al lugar, lo que ella accedió, pues fueron muy amables en todo momento. Acto seguido, ambos personeros policiales dieron de haberse individualizado, no causaron daños al interior de la vivienda y se confeccionó el acta respectiva, dando cuenta en todo momento XXBQWVXQBJ Felipe Ignacio Cortes Ibacache Juez oral en lo penal Fecha: 02/11/2021 10:49:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Fernando 9 de que la fi

Fallo

se acuerda bien por el tiempo pasado. Le dijeron que venían por una denuncia de cultivo de marihuana, les dijo que era verdad. Los hizo XXBQWVXQBJ Felipe Ignacio Cortes Ibacache Juez oral en lo penal Fecha: 02/11/2021 10:49:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 4 pasar, pasaron y una vez dentro, los llevó al patio trasero, ahí estaban las plantas. Ellos revisaron la casa, fueron amables, no hubo problemas. Encontraron una planta que estaba en el suelo, ella la arrancó, estaba muerta y las otras que estaban aún plantadas. Fuma marihuana, lo que le encontraron lo tenía para consumo, estaba en un tratamiento alternativo, tuvo una depresión grande y por eso decidió consumir. La decisión de sembrar estas plantas fue porque en mayo del año anterior, se separó, tuvo muchos problemas, se le creo una depresión muy grande, estaba con un trabajo con mucha presión, más sus problemas personales. Tenía mucha presión, las pastillas que le daba el doctor le hacían mal. Ahí decidió empezar a fumar, se dio cuenta que era muy caro comprar y relacionarse con gente que no le gustaba. Por eso decidió cultivar sus propias plantas. C

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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Fernando 1 SENTENCIA DEFINITIVA San Fernando, treinta de octubre de dos mil veintiuno. PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, constituido por los jueces Marcela Yáñez Cabello (quien obró como Presidenta de Sala), José Miguel Valenzuela Morales y Felipe Cortés Ibacache,

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