Juzgado de Garantía de La Calera.

MP C/ ROSA ESTER ESPINA VEGA

Rol

O-1767-2018

Fecha

21 de octubre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que el día 12 de agosto de 2018, aproximadamente a las 16:45 horas los requeridos doña ROSA ESTER ESPINA VEGA y don OSVALDO MARCELO DIAZ RETAMAL, ingresaron a una parcela Los Tilos, de propiedad de doña Karin Scharzenberg Juchem, ubicada en calle Augusto Best sin número, en la comuna de La Cruz y que colinda con la ruta 60 CH, a través de un forado del cerco de alambres de púas y espino capéense que rodea el predio agrícola. Una vez en el interior de la parcela los dos imputados con amino de lucro y sin la voluntad de su dueño procedieron a sustraer paltas desde los árboles y las depositaron en cinco sacos y en una mochila. En el instante en que los dos requeridos, salían del predio agrícola con las especies sustraídas en su poder, por la misma via a través de la cual ingresaron, fueron sorprendidos por la propietaria de la parcela quien dio aviso a personal de carabineros quienes llegaron rápidamente al lugar y detuvieron a los dos imputados en las afueras del predio afectado quienes antes de la llegada de carabineros ocultaron las especies sustraídas en una acequia de regadío ubicada en las afueras del predio afectado. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5, 7, 11 nº 9, 15 N° 1, 30, 440 y siguientes, del Código Penal; artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 4, de la Ley 18.216, se declara: SLRBWVJXDJ Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 02/11/2021 10:54:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S a

Fallo

se declara: SLRBWVJXDJ Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 02/11/2021 10:54:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se condena a ROSA ESTER ESPINA VEGA, Cédula Identidad 0011733052-4, ya individualizado, a sufrir la pena de cuarenta y un (41) días de prisión en su grado máximo, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su responsabilidad como autora del delito consumado de robo en lugar no habitado, cometido con fecha 12 de agosto de 2018, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se establece como fecha de presentación el día 17 de noviembre de 2021 a las 12:00 horas, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, se podrá despachar una orden de detención para debatir la revocación la pena sustitutiva impuesta.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. Hechos: Que el día 12 de agosto de 2018, aproximadamente a las 16:45 horas los requeridos doña ROSA ESTER ESPINA VEGA y don OSVALDO MARCELO DIAZ RETAMAL, ingresaron a una parcela Los Tilos, de propiedad de doña Karin Scharzenberg Juchem, ubicada en calle Augusto Best sin número, en la comuna de La Cruz y

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