Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ALEJANDRO ANDRÉS MUÑOZ MUÑOZ

Rol

O-9931-2021

Fecha

1 de noviembre de 2021

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 31 de octubre de 2021 alrededor de las 15:20 horas, Eduardo Muñoz Muñoz se encontraba en su domicilio, inmueble ubicado en calle Rayen N° 412 de Vilcún lugar hasta donde llegó el imputado ALEJANDRO ANDRÉS MUÑOZ MUÑOZ, quien portando un cuchillo cocinero le dijo que lo agrediría, provocando temor en el ofendido. Temuco, uno de noviembre de dos mil veintiuno Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el 340, 389, 393 bis, 395 y 398 del Código Procesal Penal; artículos 1, 15 N° 1, 49, 70 y 494 N° 16 del Código Penal, y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a ALEJANDRO ANDRÉS MUÑOZ MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD CQGQWWWMZD Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 03/11/2021 21:49:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta de Coacción, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, en grado de consumado, cometido en Temuco con fecha 31 de octubre de 2021. II.- Que reuniendo los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la ejecución de la sanción por el plazo de SEIS MESES, transcurridos los cuales si no fuere objeto de formalización o requerimiento se declarará el sobreseimiento definitivo de la presente causa. III.- Que para el caso que fuera revocada la suspensión de la sanción se procederá a lo establecido en el artículo 49 del Código P

Fallo

Por lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 297 en relación con el 340, 389, 393 bis, 395 y 398 del Código Procesal Penal; artículos 1, 15 N° 1, 49, 70 y 494 N° 16 del Código Penal, y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a ALEJANDRO ANDRÉS MUÑOZ MUÑOZ, ya individualizado, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD CQGQWWWMZD Viviana Andrea Garcia Utreras Juez de garantía Fecha: 03/11/2021 21:49:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta de Coacción, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 16 del Código Penal, en grado de consumado, cometido en Temuco con fecha 31 de octubre de 2021. II.- Que reuniendo los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la ejecución de la sanción por el plazo de SEIS MESES, transcurridos los cuales si no fuere objeto de formalización o requerimiento se declarará el sobreseimiento definitivo de la presente causa. III.- Que para el caso que fuera revocada la suspensión de la sanción se procederá a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal, sustituyendo el tercio de unidad tributaria

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 9931 - 2021 RUC : 2100978057-K MATERIA : Falta de Coacción del artículo 494 N° 16 del Código Penal. IMPUTADO : ALEJANDRO ANDRÉS MUÑOZ MUÑOZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 17.856.687-3 DOMICILIO : Calle LOS JAZMINES N° 226, VILLA LAS VIOLETAS, Vilcún. ATENUANTES : No concurren AGRAVANTES : No concurren RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 31 de octubre de 2021 al

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