MP C/ ROBINSON JEAN PIERRE DONOSO ESPÍNDOLA
Rol
O-503-2021
Fecha
1 de noviembre de 2021
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8., POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la jueza presidenta doña María Angélica Mulatti Oyarzo y las magistradas doña Marcela Paredes Olave y doña Andrea Urbina Salazar, el día 27 de octubre del año en curso, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral mediante videoconferencia a través de la plataforma virtual Zoom, en la causa RIT Nº 503-2021, seguida contra ROBINSON JEAN PIERRE DONOSO ESPÍNDOLA, cédula de identidad N° 19.591.411-7, 24 años, soltero, nacido el 20 de junio de 1997, en Rancagua, obrero agrícola, domiciliado en Puente Ñeque s/n, cuesta Idahue, comuna de Coltauco y NATALIA ANDREA RÍOS ESTRADA, cédula de identidad N°18.042.801-1, 29 años, soltera, nacida el 23 de octubre de 1992, en Rancagua, dueña de casa, domiciliada en Puente Ñeque s/n, cuesta Idahue, comuna de Coltauco. Sostuvo la acusación del Ministerio Público el fiscal don Claudio Riobó Loyola y la defensa de ambos acusados estuvo a cargo del defensor particular don Alex Ruz Rubio; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Los hechos de la acusación fiscal consignados en el auto de apertura, fueron los siguientes: “Que con fecha 22 de febrero del año 2021, aproximadamente a las 11:20 horas, funcionarios de la PDI de San Vicente, se encontraban realizando diligencias administrativas, básicamente notificación de resoluciones y decretos, en el sector de la cuesta Idahue, camino vecinal, comuna de Coltauco. En ese lugar y desde la vía pública, el personal policial observó que en el antejardín y patio trasero de un inmueble, tapado con plástico y malla tipo raschel, sobresalían espigas de planta correspondiente a cánnabis sativa. Frente a lo anterior, se toma contacto de inmediato con la fiscal de turno, quién instruye realizar una entrada y registro voluntario del inmueble, por lo que en cumplimiento de aquello, los funcionarios policiales de inmediato se apersonan hasta el inmueble antes aludido, el cual habitaban en esos momentos los acusados Jean Pierre Donoso Espíndola y su conviviente Natalia Andrea Ríos Estrada, a quienes se les da a conocer el motivo de la presencia, los que autorizaron el ingreso al domicilio. Atendido lo anterior, y al proceder los funcionarios de la PDI, estos encontraron lo siguiente: - En el patio del antejardín, un cultivo de 4 plantas correspondiente a cannabis sativa de 3 metros de altura. - En el patio trasero 2 plantas en proceso de crecimiento de entre 3 a 2 metros de altura y 2 plantas en proceso de secado, todas correspondientes a cannabis sativas. Andrea Paola Urbina Salazar Juez Redactor Fecha: 01/11/2021 13:57:16 HVNWVGYJX Marcela Alejandra Paredes Olave Juez Integrante Fecha: 02/11/2021 10:08:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido e
Fallo
por tanto deberán recibir la sanción que el tribunal determine. En resumen estima que con la prueba que se ha rendido se han podido acreditar por lo que solicita veredicto condenatorio por ambos ilícitos para cada uno de ellos. En la audiencia de determinación de pena, El fiscal incorpora el extracto de filiación y antecedentes del imputado Robinson Donoso señalando que como adulto no tiene antecedentes penales al igual que Natalia Ríos Estrada, sin embargo en el registro de sanciones como adolescente el imputado Donoso registra una anotación del año 2015 a tres años de libertad asistida especial, cumplida en el 2018, por un robo con violencia consumado. En concepto de Ministerio Público entonces el imputado Donoso ha sido objeto de reproche penal por un ente jurisdiccional, lo que le hace perder la irreprochable conducta anterior. Andrea Paola Urbina Salazar Juez Redactor Fecha: 01/11/2021 13:57:16 HVNWVGYJX Marcela Alejandra Paredes Olave Juez Integrante Fecha: 02/11/2021 10:08:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Luego teniendo en consideración que el Tribunal ha calificado como cultivo del artículo 8° de l
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Rancagua, uno de noviembre del dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la jueza presidenta doña María Angélica Mulatti Oyarzo y las magistradas doña Marcela Paredes Olave y doña Andrea Urbina Salazar, el día 27 de octubre del año en curso, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral mediante videocon
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