MP C/ MICHAEL JERONIMO LLANCAPAN FIGUEROA
Rol
O-5701-2020
Fecha
29 de octubre de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Individualización de Audiencia de control de detención Fecha Talcahuano, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno Magistrado KARINA MIHOVILOVIC GUTIÉRREZ Fiscal JOSÉ GUILLERMO ORELLA LAURENT Defensor JAVIER ALONSO PEREIRA TORRES Hora inicio 14:17 AM Hora termino 14:57 AM Sala Audios sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Talcahuano. Acta Adriana Salgado Vásquez RUC 2000998136-6 RIT 5701 - 2020 Actuaciones efectuadas Con modalidad de video conferencia semi presencial por emergencia sanitaria nacional NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION MICHAEL JERONIMO LLANCAPAN FIGUEROA, 19 años, soltero 0021123125-4 Avenida Nueva San Vicente 820 casa 14 Villa Los Morritos de Talcahuano. APERC. ART. 26 CPP Se tiene presente el patrocinio y por conferido el poder Se declaró legal la detención efectuada el 29-10-20121 a las 09:40 horas Actuaciones efectuadas El tribunal da lectura de la acusación. Consultado el imputado manifiesta su conformidad con continuar de acuerdo a las normas de procedimiento abreviado aceptando la acusación y los antecedentes de investigación Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2000998136- 6 5701 - 2020 CAUSA.: 2000998136- 65701 - 2020 Fecha de deliberación veintinueve de octubre de dos mil veintiuno Juez redactor KARINA MIHOVILOVIC GUTIÉRREZ RELACIONES.: MICHAEL JERONIMO LLANCAPAN FIGUEROA/Robo con intimidación Resultado Condenado. NDZKWVXXQD Karina Gema Mihovilovic Gutierrez Juez de garantía Fecha: 30/10/2021 12:22:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. Encontrándose ejecutoriada la sentencia con una pena en l
Fundamentos
considerando primero de esta parte resolutiva, atendida la pena impuesta, los antecedentes sociales y características de personalidad del imputado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza y móvil determinantes del delito, permiten presumir que una intervención individualizada de conformidad al artículo 16 de la Ley 18.216, parece eficaz en el caso específico para su efectiva reinserción social, se le sustituye la pena privativa de libertad por la Libertad vigilada intensiva, por el mismo término de la pena, debiendo cumplir en su oportunidad con las restantes exigencias legales. Para el evento que se revoque el beneficio, la pena otorgada en el punto primero deberá cumplir la pena privativa de libertad impuesta en esta causa, sirviéndole de abono el tiempo que permaneció privado de libertad con arresto domiciliario, entre el 30 de septiembre de 2020 y el 27 de septiembre de 2021, con 15 días a descontar por incumplimientos, a contar del 27 de septiembre en adelante no se le cuenta, por cuanto el imputado registra desde esa fecha contrato de trabajo vigente, lo cual hace imposible que él estuviera cumpliendo, lo que hace un total de 347 días a abonar. Deberá presentarse, ante el Centro de reinserción social, ubicado en calle Barros Arana 323 de Concepción, con el objeto de que el mismo evacue el informe respectivo y se proponga a este tribunal el plan, para fijar la audiencia, dentro del plazo que contempla la Ley, debiendo el imputado presentarse el día el 10 de noviembre de 2021, ante el Centro de Reinserción Social ubicado en Barros Arana 323, Concepción, para la evacuación del plan por el delegado respectivo. NDZKWVXXQD Karina Gema Mihovilovic Gutierrez Juez de garantía Fecha: 30/10/2021 12:22:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl IV.- En su momento dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Regístrese y archívese oportunamente. RUC Nº 2000998136-6 RIT Nº 5701 - 2020 Dictada por doña Karina Mihovilovic Gutiérrez, Juez destinada del Juzgado de Garantía de Talcahuano. NDZKWVXXQD Karina Gema Mihovilovic Gutierrez Juez de garantía Fecha: 30/10/2021 12:22:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-30T12:21:56-0300 Corte Suprema Karina Gema Mihovilo
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a MICHAEL JERONIMO LLANCAPAN FIGUEROA, ya individualizado, en calidad de autor del delito consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código penal, perpetrado el 29 de septiembre de 2020, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas por aceptado el procedimiento abreviado.-. II.- Que reuniéndose en favor del sentenciado las exigencias del artículo 15 bis de la ley 18.216, respecto del delito por el cual fue condenado en el considerando primero de esta parte resolutiva, atendida la pena impuesta, los antecedentes sociales y características de personalidad del imputado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza y móvil determinantes del delito, permiten presumir que una intervención individualizada de conformidad al artículo 16 de la Ley 18.216, parece eficaz en el caso específico para su efectiva reinserción social, se le sustituye la pena privativa de libertad por la Libertad vigilada intensiva, por el mismo término de la pena, debiendo cumplir en su oportunidad con las restantes exigencias legales. Para el evento que se revoque el beneficio, la pena otorgada en el punto primero deberá cumplir la pena privativa de libertad impuesta en esta causa, sirviéndole de abono el tiempo que permaneció privado de libertad con arresto domiciliario, entre el
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Individualización de Audiencia de control de detención Fecha Talcahuano, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno Magistrado KARINA MIHOVILOVIC GUTIÉRREZ Fiscal JOSÉ GUILLERMO ORELLA LAURENT Defensor JAVIER ALONSO PEREIRA TORRES Hora inicio 14:17 AM Hora termino 14:57 AM Sala Audios sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Talcahuano. Acta Adriana Salgado Vásquez RUC 2000998136-6 RIT 5701 - 2020
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