JAVIERA ALEJANDRA CHAMORRO SOTOMAYOR C/ JOSE LUIS BUSTOS VENEGAS
Rol
O-1907-2020
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 24 de septiembre de 2020, a las 19:30 horas app, en el domicilio localizado en la ruta 126, Km 75, a un costado de la desarmaduría el bonico, de la comuna de Cauquenes, el requerido JOSE LUIS BUSTOS VENEGAS agrede con un golpe de palo en la cadera derecha a la víctima Javiera Chamorro Sotomayor, para posteriormente tirar del cabello a la víctima Fernanda Suazo Aravena, empujándola al suelo. Ambas víctimas son sobrinas del imputado, y resultaron con “equimosis antebrazo derecho, eritema cadera derecha” y “contusión costal derecha”, ambas lesiones clínicamente leves.”. En concepto del Ministerio Público los hechos descritos constituyen dos delitos de lesiones menos grave en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de consumado, atribuyéndole a la acusada participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, señalando que no concurre circunstancias atenuante ni agravante de la responsabilidad criminal. El Ministerio Público solicita se le aplique al acusado dos penas de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más pena accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y VRWXDBSX Esteban Alonso Inostroza Ruiz Juez de garantía Fecha: 29/10/2021 12:22:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl accesorias contempladas en el artículo 9 letras B de la ley 20.066, más las accesorias legales y las costas de la causa. ALEGATOS DE APERTURA: TERCERO: Que en cuanto a los alegatos de apertura se señala: El MINISTERIO PÚBLICO, señala que se centrara en probar el hecho punible y participación con la prue
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día veintidós de octubre del año en curso, ante este Tribunal, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral simplificado de la causa Rit: 1907-2020, seguida contra de JOSE LUIS BUSTOS VENEGAS cédula de identidad Nº 16.292.663-2, domiciliado en Roberto Rosales Nº 6, comuna de Cauquenes; representado por el Defensor Penal Público don Rodrigo Salinas Sepúlveda. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representada por el Fiscal don José Varela Poblete. REQUERIMIENTO SEGUNDO: Que, el requerimiento del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos: “El día 24 de septiembre de 2020, a las 19:30 horas app, en el domicilio localizado en la ruta 126, Km 75, a un costado de la desarmaduría el bonico, de la comuna de Cauquenes, el requerido JOSE LUIS BUSTOS VENEGAS agrede con un golpe de palo en la cadera derecha a la víctima Javiera Chamorro Sotomayor, para posteriormente tirar del cabello a la víctima Fernanda Suazo Aravena, empujándola al suelo. Ambas víctimas son sobrinas del imputado, y resultaron con “equimosis antebrazo derecho, eritema cadera derecha” y “contusión costal derecha”, ambas lesiones clínicamente leves.”. En concepto del Ministerio Público los hechos descritos constituyen dos delitos de lesiones menos grave en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de consumado, atribuyéndole a la acusada participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, señalando que no concurre circunstancias atenuante ni agravante de la responsabilidad criminal. El Ministerio Público solicita se le aplique al acusado dos penas de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más pena accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y VRWXDBSX Esteban Alonso Inostroza Ruiz Juez de garantía Fecha: 29/10/2021 12:22:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl accesorias contempladas en el artículo 9 letras B de la ley 20.066, más las accesorias legales y las costas de la causa. ALEGATOS DE APERTURA: TERCERO: Que en cuanto a los alegatos de apertura se señala: El MINISTERIO PÚBLICO, señala que se centrara en probar el hecho punible y participación con la prueba testimonial y documental que se rendirá. La DEFENSA, indica que será de cargo del Ministerio Público probar el hecho punible y participación que se les imputa a su representado en el delito por el cual ha sido requerido en el procedimiento simplificado, que la dinámica de hechos no son los señalados en el requerimiento, solicitando sentencia absolutoria. PRUEBA DEL MINISTERIO PÚBLICO: CU
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 28, 68, 69, 399, 494 N°5 del Código Penal; 45,48, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 346 y 388 y siguiente del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a JOSÉ LUIS BUSTOS VENEGAS cédula de identidad 16.292.663-2, ya individualizado, del cargo de autor del delito de lesiones menos graves en contexto de Violencia Intrafamiliar, en grado de consumado, que le fuere imputado por el Ministerio Público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimar el Tribunal que existía motivo plausible para litigar. En su oportunidad, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese y Archívese en su oportunidad. RUC : 2000987443-8 RIT : 1907-2020 Dictada por don Esteban Alonso Inostroza Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Cauquenes. VRWXDBSX Esteban Alonso Inostroza Ruiz Juez de garantía Fecha: 29/10/2021 12:22:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-29T12:22:38-0300 Corte Suprema Esteban Alonso Inostroza Ruiz Verificac
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MINISTERIO PUBLICO C JOSE LUIS BUSTOS VENEGAS. DELITO: LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIF. RUC : 2000987443-8 RIT : 1907-2020 Cauquenes, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día veintidós de octubre del año en curso, ante este Tribunal, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral simplificado de la causa Rit: 1907-2020, seguida contr
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