8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ VÍCTOR MANUEL SALDÍAS BENAVIDES

Rol

O-2894-2019

Fecha

29 de octubre de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDO LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía en causa RUC Nº 1900423346- 0, RIT N° 2894-2019, el fiscal del Ministerio Público, don Fernando Anaís dedujo acusación en contra de AGUSTIN SEBASTIAN ARRIAGADA GAETE, Cédula de Identidad Nº 17.834.130-8, 30 años, domiciliado en calle Plano Regulador 4205, comuna de Pedro Aguirre Cerda, legalmente representados por la defensora penal pública doña María Paz Bahamondez, en calidad de autor del artículo 15 N° 1 del Código Penal, del delito de portar elementos conocidamente destinados para cometer el delito de robo, previsto y sancionado en el artículo 445 del Código Penal, del delito de receptación de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, y del delito frustrado de robo en bienes nacionales de uso público de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en relación a los artículos 7 y 432 del mismo texto legal. Fundó su imputación en los siguientes hechos: “El día 21 de Abril de 2019 a las 15:30 horas aproximadamente, los imputados Agustín Arriagada Gaete y Víctor Saldías Benavides, previamente concertados para sustraer especies, se encontraban en la intersección de Av. Francisco Bilbao con Av. Salvador, en la comuna de Providencia, lugar donde intentan robar el vehículo Kia Frontier 2,5, placa patente única FGBK.44, el intento de robo se produce a través del forzamiento de la chapa de la puerta del piloto y en la chapa de contacto del vehículo, momento en el cual son sorprendidos, huyendo en un vehículo Peugeot 206 que portaba las placas patente únicas WS.9044 pero que correspondía al vehículo Peugeot 206 XR 1.6, placa patente única ZN.9537 de propiedad de Sergio Silva Hormazabal, vehículo que presentaba encargo vigente por el delito de robo en bienes nacionales de uso público, hecho que conocían o no podían menos que conocer los imputados ya que existía una denuncia previa por el referido delito, además el auto por

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a AGUSTIN SEBASTIAN ARRIAGADA GAETE, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de dos UTM, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código Penal, cometido el 21 de abril de 2019 en esta ciudad. II.- Que se CONDENA a AGUSTIN SEBASTIAN ARRIAGADA GAETE, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público de vehículo motorizado frustado, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, en relación a los artículos 7 y 432 del mismo texto legal, cometido el 21 de abril de 2019 en esta ciudad. III.- Al concurrir los requisitos señalados en los artículos 15 y 15 bis de la Ley N° 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado, por la de libertad vigilada intensiva por el plazo de 602 días, debiendo cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las siguientes condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216: a) residencia en un lugar determinado; b) sujeción a la vigilancia y orientación permanentes del delegado que se designe; c) ejercicio de una profesión, o

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL OCTAVOJUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO 1 Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno.- VISTO Y OIDO LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía en causa RUC Nº 1900423346- 0, RIT N° 2894-2019, el fiscal del Ministerio Público, don Fernando Anaís dedujo acusación en contra de AGUSTIN SEBASTIAN ARRIAGADA GAETE, Cédula de Identidad Nº 17.834.130-8, 30 años, dom

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