Juzgado de Garantía de La Ligua.

MINISTERIO PÚBLICO C/ JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ FERREIRA

Rol

O-768-2020

Fecha

26 de octubre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 442 del Código Penal. 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ FERREIRA, CÉDULA DE IDENTIDAD 0011515969-0, DOMICILIADO EN CALLE JUAN FIGUEROA CASA Nº 102, CABILDO a sufrir la pena de 21 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, en su calidad de autor de un delito de Robo en lugar no habitado., descrito y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 24 de mayo de 2020, en la comuna de Cabildo, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS LA LIGUA por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, el día 09 de noviembre de 2021, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. III.- Omítase en el certificado de antecedentes del imputado la anotación prontuarial a que de origen esta sentencia; de conformidad a lo establecido en el artículo 38 de La Ley 18.216. IV.- Que en atención a la natu

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, veintiséis de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica