MP C/ MELISSA ALEJANDRA ARAVENA NAVARRETE
Rol
O-63-2021
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de los RECRWTVGXY Juan Pablo Lagos Ortega Juez oral en lo penal Fecha: 27/10/2021 12:24:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 imputados, la cual señala lo siguiente: “El día 27 de julio del año 2020, a las 17: 25 horas un funcionario policial actuando como agente revelador, concurrió hasta el inmueble de la pareja constituida por Melisa Aravena y Jerson Pereira, requiriendo droga, siendo atendido por Aravena Navarrete quien le vendió 5 envoltorios de pasta base de cocaína en la suma total de $ 10.000 pesos, pagando el funcionario con el billete serie BF01684026. Más tarde, el mismo día, siendo las 18:25 horas, se dio cumplimiento a una orden judicial de entrada, registro e incautación para el domicilio indicado, resultando detenidos flagrantes Melisa Aravena; Jerson Pereira y Mauro Pérez, pues al momento del ingreso se encontraban manipulando droga en una mesa. Mauro Pérez al advertir el ingreso de la policía arrojó una bolsa de nylon contenedora de 85,5 gramos de marihuana hacia la cocina. Asimismo, sobre la base de la mesa existían 15 bolsas de nylon con 126 gramos de cocaína, en un calcetín habían 154 dosis de pasta base de cocaína de un peso bruto total de 28.9 gramos, un frasco de vidrio con 707,6 gramos de marihuana a granel, una balanza digital que utilizaban para dosificar la droga y $ 104.000 pesos en dinero efectivo, incluido el billete $ 10.000 utilizado por el agente revelador. Al registro del inmueble, específicamente en el dormitorio de Melisa Aravena y Jerson Pereira, se i
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que, los días 20, 21 y 22 de octubre del presente año dos mil veintiuno, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces don Raúl Romero Sáez , quien presidió la audiencia, don Jorge Muñoz Guíñez, y don Juan Pablo Lagos Ortega, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral de la causa RIT 63 – 2021, seguida por los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIÓN, en contra de: MELISSA ALEJANDRA ARAVENA NAVARRETE, Cédula de Identidad número 18.451.146-0, nacida el 20 de marzo de 1991, 30 años, soltera, dueña de casa, domiciliada en Población Medina, calle Ejército de Chile, Nº 385 de Chillán, legalmente representada por el abogado defensor particular don Marco Ávila Arce; MAURO MICHEL PEREZ PARRA, Cédula de Identidad N° 16.445.203-4, nacido el 22 de abril de 1986, 35 años, soltero, pintor de vehículos domiciliado en Antártica Chilena N°270, Población Zañartu de Chillán, representado por la abogada defensora particular doña María Belén Acuña Quiñones y de JERSON RIGOBERTO PEREIRA VALENZUELA, Cédula de Identidad N° 19.194.312-0, nacido el 11 de marzo de 1996, 25 años, soltero, ayudante de construcción, domiciliado en Camino Las Mariposas Sector La Victoria Parcela 11 de Chillán, legalmente representado por el abogado defensor particular don Sebastián Salinas Chandía. Todos los defensores cuentan con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Juan Rohr Bocaz, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que, los hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de los RECRWTVGXY Juan Pablo Lagos Ortega Juez oral en lo penal Fecha: 27/10/2021 12:24:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 imputados, la cual señala lo siguiente: “El día 27 de julio del año 2020, a las 17: 25 horas un funcionario policial actuando como agente revelador, concurrió hasta el inmueble de la pareja constituida por Melisa Aravena y Jerson Pereira, requiriendo droga, siendo atendido por Aravena Navarrete quien le vendió 5 envoltorios de pasta base de cocaína en la suma total de $ 10.000 pesos, pagando el funcionario con el billete serie BF01684026. Más tarde, el mismo día, siendo las 18:25 horas, se dio cumplimiento a una orden judicial de entrada, registro e incautación para el domicilio indicado, resultando detenidos flagrantes Melisa Aravena; Jerson Pereira y Mauro
Fallo
Por tanto, previa cita de normas legales, la fiscalía pide se condene a la acusada MELISSA ARAVENA NAVARRETE y a MAURO PEREZ PARRA, a la pena de SIETE AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, en su calidad de autores de un delito consumado de tráfico drogas y al pago de una multa de 100 UTM; para JERSON PEREIRA VALENZUELA, la pena CINCO AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, en su calidad de autor de un delito consumado de tráfico drogas y al pago de una multa de 100 UTM; solicita se condene, además, a MELISSA ARAVENA NAVARRETE y a JERSON PEREIRA VALENZUELA, como de autores de sendos delitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego y munición, a las penas de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO Y DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, respectivamente; además, se apliquen las penas de comiso de los efectos e instrumentos del delito, más las penas accesorias correspondientes, la determinación de su huella genética y se les condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal.- TERCERO: Alegato de apertura y clausura del Ministerio Público: Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, señaló que acreditará primero la venta de droga efectuada por la acusada al agente revelador, luego se acreditará que los tres acusados fueron sorprendidos en una misma dependencia, con una gran y múltiples cantidad de droga; uno de ellos, incluso, para dificultar la
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1 Chillán, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que, los días 20, 21 y 22 de octubre del presente año dos mil veintiuno, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces don Raúl Romero Sáez , quien presidió la audiencia, don Jorge Muñoz Guíñez, y don Juan Pablo Lagos Ortega, se llevó a ef
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