Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

C/ SERGIO ANTONIO RUBIO DEFORMES

Rol

O-3458-2019

Fecha

25 de octubre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 446 n° 3 del Código Penal; 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se absuelve al acusado SERGIO ANTONIO RUBIO DEFORMES, Cédula de Identidad N°16.033.517-3, de la acusación de ser autor de un delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 446 n° 3 del Código Penal, formulada por el Ministerio Público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Daniel Henríquez Henríquez, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. RUC N°1900986484-1 RIT N° 3458-2019 XMXNWTQJLY Daniel Eduardo Henriquez Henriquez 0 Fecha: 27/10/2021 11:58:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-27T11:58:36-0300 Corte Suprema Daniel Eduardo Henriquez Henriquez Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 446 n° 3 del Código Penal; 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se absuelve al acusado SERGIO ANTONIO RUBIO DEFORMES, Cédula de Identidad N°16.033.517-3, de la acusación de ser autor de un delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 446 n° 3 del Código Penal, formulada por el Ministerio Público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Daniel Henríquez Henríquez, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. RUC N°1900986484-1 RIT N° 3458-2019 XMXNWTQJLY Daniel Eduardo Henriquez Henriquez 0 Fecha: 27/10/2021 11:58:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-27T11:58:36-0300 Corte Suprema Daniel Eduardo Henriquez Henriquez Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

1 Villa Alemana, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14, 15, 18, 21, y 446 n° 3 del Código Penal; 1°, 4°, 36, 45, 46, 48, 295, 296, 297, 306, 309, 325, 326, 328, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 347, 388, 395 y 396 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se absuelve al acusa

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