Juzgado de Garantía de San Fernando.

MP C/ RODRIGO ANDRÉS GAETE GAETE

Rol

O-298-2021

Fecha

25 de octubre de 2021

Materia

INCENDIO SOLO C/DAÑOS O SIN PELIGRO PROPAGACION.ART.477,478.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: San Fernando, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6, 11 Nº 7, 11 Nº 9, 14, 15 N°1, 50, 61 y siguientes, 70, 477, 478 del Código Penal; disposiciones de la ley 18.216, normas pertinentes de la ley 20.603 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a RODRIGO ANDRÉS GAETE GAETE, RUN Nº 0016310464-4, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES todo lo anterior por su responsabilidad como autor en el delito de incendio en grado de consumado, previsto sancionado en los artículo 477, 478 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de San Fernando, el día 07 de febrero de 2021. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III. Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de cuatro parcialidades mensuales iguales y sucesivas, de media Unidades Tributarias Mensuales cada una, haciendo presente que el no pago de una de ellas hará exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido. Venciendo la primera cuota hasta el último día hábil del mes de noviembre y las restantes dentro de los meses siguientes hasta el último día hábil de cada mes respectivo, debiendo acreditar el pago ante el Tribunal. Que en el evento que el sentenciado careciere de bienes para satisfacer la pena de multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación d

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6, 11 Nº 7, 11 Nº 9, 14, 15 N°1, 50, 61 y siguientes, 70, 477, 478 del Código Penal; disposiciones de la ley 18.216, normas pertinentes de la ley 20.603 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a RODRIGO ANDRÉS GAETE GAETE, RUN Nº 0016310464-4, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES todo lo anterior por su responsabilidad como autor en el delito de incendio en grado de consumado, previsto sancionado en los artículo 477, 478 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de San Fernando, el día 07 de febrero de 2021. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento no se le condena en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III. Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de cuatro parcialidades mensuales iguales y sucesivas, de media Unidades Tributarias Mensuales cada una, haciendo presente que el no pago de una de ellas hará exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido. Venciendo la primera cuota hasta el último día hábil del mes de noviembre y las restantes dentro de los meses siguientes hasta el últ

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Ruc: 2100122957-2 Rit: 298 – 2021 Hora Inicio: 11:56 Hora Término: 12:20 Imputado: RODRIGO ANDRÉS GAETE GAETE C.I. N° 0016310464-4 Comparece: SI Domicilio: Calle MAIL. roanga182gaete@gmail.com AUT. NOTIFICACIÓN VÍA EMAIL Víctima: FELIPE EDUARDO CABRERA BECERRA C.I. N° 0015698875-8 Comparece: /NO Domicilio: Calle POBL. LAUTARO, PASAJE CUATRO, CASA N° 456, FONO 958911954 Nº . Fiscal: EDITH TAMAR OR

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