Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA

Rol

O-3723-2020

Fecha

23 de octubre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 28 de junio del año 2020, en horas de la madrugada alrededor de las 00:35 horas el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA junto a la imputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ concurrieron hasta el local comercial de máquinas de azar ubicado en calle Sargento Aldea 783 de la ciudad de Iquique, donde el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA escala el muro perimetral del inmueble para ingresar por la parte superior de inmueble de la víctima Lee Juan Chang mientras que la coimputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ se encontraba a las afuera de dicho lugar realizando labores de vigilancia siendo detenida por Carabineros mientras realizaba dicha labores, por cuanto había sido previamente observada por las cámaras Municipales, mientras que JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA se encontraba al interior del inmueble a la llega de Carabineros donde dejo una mochila, dándose a la fuga por la parte superior del domicilio siendo finalmente detenido al interior del tercer piso del inmueble ubicado en calle Serrano 779, al momento de la detención los imputados no mantenían permiso alguno o salvoconducto que los habilitara para transitar por la ciudad en horario de toque de queda por asilamiento social dispuesto por la autoridad de salud en virtud del estado constitucional de catástrofe producto de la pandemia que afecta al país, poniendo a los imputados en peligro a la salud pública por infracción a las reglas de salubridad debidamente publicadas por la autoridad en tiempo de epidemia”. DELITO ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 en relación al art 432 del Código Penal. PARTICIPACIÓN: Autora GRADO DE EJECUCIÓN: Frustrado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO BYEQWTCTKC Frederick Arturo Roco Alvarado Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 17:28:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5

Fundamentos

fundamentos vertidos en audiencia y que constan en el registro de audio, se decreta el sobreseimiento definitivo respecto al delito del artículo 318 del Código Penal. Habiéndose retrotraído el procedimiento y existiendo aceptación de responsabilidad, se dicta sentencia respecto al delito de robo en lugar habitado. REQUERIMIENTO EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 28 de junio del año 2020, en horas de la madrugada alrededor de las 00:35 horas el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA junto a la imputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ concurrieron hasta el local comercial de máquinas de azar ubicado en calle Sargento Aldea 783 de la ciudad de Iquique, donde el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA escala el muro perimetral del inmueble para ingresar por la parte superior de inmueble de la víctima Lee Juan Chang mientras que la coimputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ se encontraba a las afuera de dicho lugar realizando labores de vigilancia siendo detenida por Carabineros mientras realizaba dicha labores, por cuanto había sido previamente observada por las cámaras Municipales, mientras que JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA se encontraba al interior del inmueble a la llega de Carabineros donde dejo una mochila, dándose a la fuga por la parte superior del domicilio siendo finalmente detenido al interior del tercer piso del inmueble ubicado en calle Serrano 779, al momento de la detención los imputados no mantenían permiso alguno o salvoconducto que los habilitara para transitar por la ciudad en horario de toque de queda por asilamiento social dispuesto por la autoridad de salud en virtud del estado constitucional de catástrofe producto de la pandemia que afecta al país, poniendo a los imputados en peligro a la salud pública por infracción a las reglas de salubridad debidamente publicadas por la autoridad en tiempo de epidemia”. DELITO ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 en relación al art 432 del Código Penal. PARTICIPACIÓN: Autora GRADO DE EJECUCIÓN: Frustrado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO BYEQWTCTKC Frederick Arturo Roco Alvarado Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 17:28:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl

Fallo

Se declara legal la detención realizada el 22 de octubre de 2021 a las 11:10 horas. Asimismo, encontrándose la imputada en situación de calle, las notificaciones se harán por el estado diario. Atendidos los fundamentos vertidos en audiencia y que constan en el registro de audio, se decreta el sobreseimiento definitivo respecto al delito del artículo 318 del Código Penal. Habiéndose retrotraído el procedimiento y existiendo aceptación de responsabilidad, se dicta sentencia respecto al delito de robo en lugar habitado. REQUERIMIENTO EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 28 de junio del año 2020, en horas de la madrugada alrededor de las 00:35 horas el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA junto a la imputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ concurrieron hasta el local comercial de máquinas de azar ubicado en calle Sargento Aldea 783 de la ciudad de Iquique, donde el imputado JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA escala el muro perimetral del inmueble para ingresar por la parte superior de inmueble de la víctima Lee Juan Chang mientras que la coimputada ROSA ELENA ROJAS NÚÑEZ se encontraba a las afuera de dicho lugar realizando labores de vigilancia siendo detenida por Carabineros mientras realizaba dicha labores, por cuanto había sido previamente observada por las cámaras Municipales, mientras que JOSÉ ELEAZAR CEPEDA AHUMADA se encontraba al interior del inmueble a la llega de Carabineros donde dejo una mochila, dándose a la fuga por la parte superior del domicilio siendo finalmente detenid

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de control de la detención Fecha Iquique, veintitrés de octubre de dos mil veintiuno Magistrado FREDERICK ARTURO ROCO ALVARADO Fiscal KAREM GÓMEZ AMIGO Defensor RICARDO RIVERA TRUJILLO Hora inicio 01:19 PM Hora término 01:53 PM Sala Semipresencial Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta Llo/crh RUC 2000648514-7 RIT 3723 – 2020 Delito Robo en lugar no habitado

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