JUAN CARLOS PICHILEF ESCOBAR C/ IVÁN ANDRÉS PIZARRO ARAYA
Rol
O-6671-2020
Fecha
22 de octubre de 2021
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento, admitió responsabilidad en ellos, previa advertencia de la posibilidad de imponerse una pena no superior a la solicitada por la Fiscalía. TERCERO: Que del mérito de los antecedentes expuestos el día de hoy, unidos a la propia admisión de responsabilidad del requerido, valorados en la forma establecida en el artículo 297 del Código Procesal Penal, revisten mérito suficiente, a juicio del tribunal, para tener por establecido los hechos materia del requerimiento y que a continuación se reseñan: “Que el día 06 de agosto de 2020, aproximadamente a las 21:45 horas, en el sector de Avda. Las Torres, (esquina Caletera Norte de la Autopista Américo Vespucio, intersección con Los Tilos), de la comuna de Cerrillos, el imputado Iván Andrés Pizarro Araya, procedió a agredir con golpes de pies y puños y a golpear reiteradamente, en la cabeza, con un objeto contundente (piedra), a la víctima Juan Carlos Pichilef Escobar, el que a consecuencias de la agresión resultó con “Fractura del cuerpo mandibular para mediana izquierda, con pérdida de piezas dentales, por acción de objeto contundente”, lesiones de pronóstico médico legal grave, que sanan ZKXWSXZXZ MARÍA INÉS BERNARDITA LAUSEN MONTT Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 13:44:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl previo tratamiento especializado quirúrgico en treinta y cinco a cuarenta y cinco días con igual tiempo de incapacidad.” CUARTO: Que los hechos descrito precedentemente, son constitutivos del delito de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, toda vez que, requerido agredió golpeó re
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Iván Andrés Pizarro Araya, ya individualizado, a la pena de cuatrocientos cuarenta y dos días de presidio menor en su grado mínimo, en su calidad de autor, del ilícito de lesiones graves, en grado de consumado, hechos acaecidos, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 25 de junio de 2020; asimismo, se le condena a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena; sin costas, por no haber sido solicitadas y además, por estar representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que la pena corporal impuesta, se le tiene por cumplida, cumplida con todo el tiempo que lleva ininterrumpidamente, en prisión preventiva por esta causa, desde el control de detención, de fecha 06 de agosto de 2020 a la fecha, por un total de cuatrocientos cuarenta y dos (442) días. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, Notifíquese y Archívese, en su oportunidad, si no fuere impugnada por la vía de los recursos. Téngase presente, la renuncia a los plazos y recursos legales y por ejecutoriada la sentencia, a contar de esta fecha. Dejase sin efecto, la prisión preventiva y désele orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otra causa. Pronunciada por, María Inés Lausen Montt, Juez Titular del Noveno Juzgado de Garantía de Santiago. ZKXWSXZXZ MARÍA INÉS BERNARDITA LAUSEN MONTT Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 13:44:02 ESTE DOCUMENTO TIENE
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RUC 2000798680-6 RIT 6671-2020 IMPUTADO Iván Andrés Pizarro Araya MATERIA Lesiones Graves PROCEDIMIENTO Simplificado Sentencia Santiago, veintidós de octubre de dos mil veintiuno.. Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta causa RUC 2000798680-6, RIT 6671-2020, el Ministerio Público, requirió verbalmente, en procedimiento simplificado, al imputado Iván Andrés Piza
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