ÁLVAREZ/CONSTRUMART S.A.
Rol
T-684-2020
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Comparece don FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ CUEVAS, empleado, domiciliado en Morandé 835, of. 1410, comuna de Santiago quien denuncia a CONSTRUMART S.A., del giro de su denominación, representada legalmente por GUILLERMO ELGUETA SÁNCHEZ, desconoce profesión u oficio, con domicilio en PANAMERICANA NORTE 9275, COMUNA DE QUILICURA. Indica que ingresó a prestar servicios para la demandada el 09 de octubre de 2009 (26 de octubre de 2016), como asistente ventas grúa, suscribiéndose un contrato individual de trabajo que a la fecha del término de los servicios tenía duración indefinida. Sus servicios los prestaba en la instalación Construmart de la comuna de Melipilla, ubicado en Avda. Vicuña Mackenna 690, comuna de Melipilla. Su trabajo consistía en transportar los productos de la tienda en la sala de ventas, en una grúa horquilla. Su jornada de trabajo era de 45 horas semanales, distribuidos de lunes a viernes de 07:30 a 16:30 y sábado de 08:00 a 13:00. El otro turno, era de lunes a viernes de 07:30 a 17:30. Su remuneración, para efectos del artículo 172 del C. del Trabajo, ascendía a $756.835.- Durante los más de diez años de prestación de servicios para la demandada fue un empleado ejemplar, honesto, responsable, y bien evaluado, cumpliendo a cabalidad con cada una de sus obligaciones laborales. Fue despedido el día 12 de marzo de 2020 mediante carta de aviso de término de contrato, por aplicación de la causal legal del artículo 160 N°1 letra a) del Código del Trabajo, esto es, “La falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones”. De la misma que trascribe se señala que el 10 de marzo de 2020 a las 10:00 horas aproximadamente el jefe nacional de seguridad don Luis Olivares recibió un llamado del supervisor de seguridad don Jorge Herrera, de la sucursal de Melipilla, informándole que por CCTV se detectó a un trabajador hurtando especies desde el corral de herramientas, todo respaldado por cámaras. Continua la carta señalando que se realizó una revisión de ellas detectando que el trabajador a las 09:50 sacó dentro del corral de herramientas un juego de 3 puntas Phil Extra Hard PH2 marca Bosch, determinándose que escondió entre sus vestimentas para dirigirse a un pasillo donde subió a una grúa horquilla para concurrir al sector del contenedor de basura, botó el envoltorio de la especie sustraída y se dirigió a su vehículo PPU BFXS-32, blanco, ingresando a él por alrededor de 7 minutos para luego regresar a su lugar de trabajo. Agrega la carta que se dio cuenta a carabineros que llegaron al lugar y realizaron las diligencias correspondientes, solicitándole abrir la maleta donde se encontró en una caja de herramientas los elementos sustraídos, quedando registro fotográfico. Carabineros lo detuvo por el cargo de hurto agravado, confeccionándose el parte N°1387 de 10 de marzo de 2020, causa RUC 2000275869-6. Finaliza indicando que los hechos están respaldados con grabaciones y configuran la causal invocada. Indic
Fallo
por tanto, no solo a los poderes públicos sino también a los sociales, desarrollando así una eficacia horizontal o pluridireccional. Estima que configuran indicios de la vulneración de derechos fundamentales los siguientes: El día 10 de marzo de 2020 mientras cumplía funciones decidió tomar un producto cuyo valor es de $4.190 pesos, ya que lo necesitaba para un trabajo en su domicilio. Luego, a fin de no perder el stock, lo guardó en su vehículo para pagarlo al término de la jornada de trabajo. En horas de la tarde llega Carabineros de Chile. En las mismas circunstancias, sele amenaza con que debía firmar una carta de renuncia. Al ser una situación sumamente irregular les señala que no firmará nada. Luego, Carabineros lo lleva detenido enfrente de todos sus compañeros de trabajo y clientes de la empresa, estando más de seis horas recluido en un calabozo de la 24° Comisaría de Carabineros de Melipilla. Posteriormente, recibe carta de despido por aplicación de la causal de “Falta de probidad”. Previas citas legales pide acoger la demanda y condenar a la demandad al pago de las indemnizaciones que detalla. EN SUBSIDIO, en base a las mismas consideraciones de hecho y derecho solicita declarar el despido indebido, injustificado o improcedente y condenar a la demandada al pago de las indemnizaciones correspondientes, reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: La demandada opone excepción de finiquito y transacción solicitando el rechazo de la demanda, con costas al haber suscrito
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, nueve de abril de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: PRIMERO: Comparece don FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ CUEVAS, empleado, domiciliado en Morandé 835, of. 1410, comuna de Santiago quien denuncia a CONSTRUMART S.A., del giro de su denominación, representada legalmente por GUILLERMO ELGUETA SÁNCHEZ, desconoce profesión u oficio, con domicili
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