2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LAGOS/KUEHNE + NAGEL LIMITADA

Rol

O-5993-2020

Fecha

9 de abril de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 161, 162, 168, 172, 420, 446 y siguientes, 456, 457, 459, todos del Código del trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge en todas sus partes la demanda, declarándose que el despido del demandante ocurrido el 22 de julio del año 2020 es injustificado. II. Se condena a la demandada KUEHNE + NAGEL LIMITADA a pagar al demandante OCTAVIO ANDRÉS LAGOS FUENZALIDA recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $8.522.837. III. Se condena en costas a la demandada regulándose prudencialmente las personales en el 10% de lo obtenido por el demandante, esto es $852.083. IV. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en tiempos y forma señalados en el artículo 462 del Código del trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VÍCTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, nueve de Abril de dos mil veintiuno.

Fallo

se resuelve: I. Se acoge en todas sus partes la demanda, declarándose que el despido del demandante ocurrido el 22 de julio del año 2020 es injustificado. II. Se condena a la demandada KUEHNE + NAGEL LIMITADA a pagar al demandante OCTAVIO ANDRÉS LAGOS FUENZALIDA recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $8.522.837. III. Se condena en costas a la demandada regulándose prudencialmente las personales en el 10% de lo obtenido por el demandante, esto es $852.083. IV. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en tiempos y forma señalados en el artículo 462 del Código del trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VÍCTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, nueve de Abril de dos mil veintiuno.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES (VIRTUAL) RUC 20-4-0295872-4 RIT O-5993-2020 MAGISTRADO VÍCTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 13:31 HORAS HORA DE TÉRMINO 15:07 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040295872-4-1

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