C/ GUILLERMO MAURICIO GAMBOA HURTADO
Rol
O-4102-2019
Fecha
21 de octubre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día de agosto del , alrededor de las : horas de la madrugada m el requerido Guillermo Mauricio Gamboa Hurtado ya individualizado , ingreso por medio de escalamiento de muro perimetral al Colegio Eduardo de la Barra ubicado en calle A n° , comuna de Peñalolén , sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño carretilla metálica , y tinajas de pasta de muro de unos kg marca revor , saliendo del recinto y siendo detenido con las especies en su poder.- Delito y grado de desarrollo ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo normativo/frustrado/ Participación Autor. Artículo Nº Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Nº Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don GUILLERMO MAURICIO GAMBOA HURTADO, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito frustrado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO previsto y sancionado en el artículo 44 N° del Código Penal, en relación al artículo 4 del mismo cuerpo normativo, ocurrido el día de agosto de , en la comuna de Peñalolén, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos del artículo ° y 4° de la ley 8. , con las modificaciones introducidas por la ley . , se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional LCLXWTHGXE VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 21:37:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don GUILLERMO MAURICIO GAMBOA HURTADO, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito frustrado de ROBO CON FUERZA EN LUGAR NO HABITADO previsto y sancionado en el artículo 44 N° del Código Penal, en relación al artículo 4 del mismo cuerpo normativo, ocurrido el día de agosto de , en la comuna de Peñalolén, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II. Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse respecto del sentenciado, los requisitos del artículo ° y 4° de la ley 8. , con las modificaciones introducidas por la ley . , se le concede la pena sustitutiva de la remisión condicional LCLXWTHGXE VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 25/10/2021 21:37:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de la pena, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el plazo de un año y deberá cumplir las demás exigencias que establezca el centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modal
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TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1900878836-K RIT : 4102 - 2019 IMPUTADO : GUILLERMO MAURICIO GAMBOA HURTADO Cédula de Identidad : - Fecha de nacimiento : - - Domicilio : Calle LOS VERDULEROS Nº , Peñalolén PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : veintiuno de octubre de dos mil veintiuno JUEZ : VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES (titular) Hechos El día de agosto del
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