Juzgado de Garantía de Angol.

MINISTERIO PUBLICO C/ MAIKOL IGNACIO CARRASCO ALTAMIRANO

Rol

O-845-2021

Fecha

18 de octubre de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos ilícitos constitutivos de microtráfico, art 4 Ley 20.000, Código penal, en grado de consumado, y en que se le atribuye participación en calidad de autor, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. 2º Que, el Ministerio Público, solicitó que se sustanciara estos antecedentes de acuerdo a lo previsto en los artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, correspondientes al Título III, libro IV de dicho cuerpo legal. Fundó su petición en el siguiente hecho: “Que, siendo a las 13:40 horas del día 09 de Abril del año 2021, en Avenida O’Higgins N° 1257, de la comuna Angol, personal policial de la policía de investigaciones, sorprendió al imputado MAIKOL IGNACIO CARRASCO ALTAMIRANO, portando entre sus vestimentas, una sustancia vegetal de color verde que el ser sometida a la prueba de campo, arrojo ser cannabis sativa con un peso de la cantidad de 40.31 gramos a granel, una sustancia en polvo color rosada que el sometida a la prueba de campo arrojo ser cocaína con un peso bruto 5.1 gramos dentro de papel cuadriculado y una sustancia de color vegetal que resulto ser cannabis sativa con un peso de 0.7 gramos en un envoltorio cuadriculado, sin tener autorización alguna en conformidad a la ley ni poder justificar su consumo personal y próximo en el tiempo.”. Que, en la presente audiencia, el ente acusador, ajustó su pretensión punitiva a la imposición de las siguientes penas: una WCXNWSKEQR Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 23/10/2021 15:34:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 pena de setenta y nueve días de presidio menor en su grado mínimo y una multa de un tercio

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º Que, teniendo en consideración que el imputado Maikol Ignacio Carrasco Altamirano, cédula de identidad N°20.209.683-2, 21 años, cosechero, domiciliado en Calle Hernando de Magallanes Nº 169, Renaico, fue acusado por la comisión de hechos ilícitos constitutivos de microtráfico, art 4 Ley 20.000, Código penal, en grado de consumado, y en que se le atribuye participación en calidad de autor, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. 2º Que, el Ministerio Público, solicitó que se sustanciara estos antecedentes de acuerdo a lo previsto en los artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, correspondientes al Título III, libro IV de dicho cuerpo legal. Fundó su petición en el siguiente hecho: “Que, siendo a las 13:40 horas del día 09 de Abril del año 2021, en Avenida O’Higgins N° 1257, de la comuna Angol, personal policial de la policía de investigaciones, sorprendió al imputado MAIKOL IGNACIO CARRASCO ALTAMIRANO, portando entre sus vestimentas, una sustancia vegetal de color verde que el ser sometida a la prueba de campo, arrojo ser cannabis sativa con un peso de la cantidad de 40.31 gramos a granel, una sustancia en polvo color rosada que el sometida a la prueba de campo arrojo ser cocaína con un peso bruto 5.1 gramos dentro de papel cuadriculado y una sustancia de color vegetal que resulto ser cannabis sativa con un peso de 0.7 gramos en un envoltorio cuadriculado, sin tener autorización alguna en conformidad a la ley ni poder justificar su consumo personal y próximo en el tiempo.”. Que, en la presente audiencia, el ente acusador, ajustó su pretensión punitiva a la imposición de las siguientes penas: una WCXNWSKEQR Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 23/10/2021 15:34:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 pena de setenta y nueve días de presidio menor en su grado mínimo y una multa de un tercio de unidad tributaria mensuales, y el comiso de las especies incautadas por el delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Que, consecuente con lo asentado en el párrafo anterior, el Tribunal, y habiendo restringido su petición a una pena no privativa de libertad se sustituyó el procedimiento, por las normas del procedimiento simplificado, previstas en el artículo 388 del Código Procesal Penal. 3º Que, teniendo en cuenta la calificación jurídica que el ente acusador le ha atribuido al hecho ilícito se consultó a los imputados si admitían su responsabilidad de acuerdo a lo que previene el artículo 395 del código de enjuicimiento, lo que efectivamente ocurrió siendo acreedores por ello a la m

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº 6 y 9, 14, 15 N° 1, 30, 31, 68 del Código Penal, articulo 4 y siguientes de la Ley 20.000, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal , SE DECLARA que: I.- Que, se condena a imputado Maikol Ignacio Carrasco Altamirano, cédula de identidad N°20.209.683-2, a la siguiente pena: setenta y nueve de presidio menor en su grado mínimo y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la WCXNWSKEQR Juan Mauricio Poblete Erices Juez de garantía Fecha: 23/10/2021 15:34:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 condena, por la responsabilidad que en calidad de autor le correspondió en el delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y el comiso de las especies incautadas. Hecho ocurrido en Angol, el 9 de abril de 2021. II.- Que, la pena pecuniaria y privativa de libertad se darán por cumplidas por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad por espacio de 80 días. III.- Que, se decreta el comis

Texto Completo (Preview)

1 ANGOL, dieciocho de octubre de dos mil veintiuno VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: 1º Que, teniendo en consideración que el imputado Maikol Ignacio Carrasco Altamirano, cédula de identidad N°20.209.683-2, 21 años, cosechero, domiciliado en Calle Hernando de Magallanes Nº 169, Renaico, fue acusado por la comisión de hechos ilícitos constitutivos de microtráfico, art 4 Ley 20.000, Código penal, en grado

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