Juzgado de Garantía de La Calera.

MPP C/ SEBASTIÁN HERNÁN HIDALGO CHOQUE

Rol

O-1845-2018

Fecha

12 de octubre de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Que el día 28 de agosto de 2018, aproximadamente a las 13:45 horas de la tarde, los requeridos SEBASTIÁN HERNÁN HIDALGO CHOQUE Y GUIDO ANDRÉS CHOQUE ARCO, ingresaron por escalamiento a través de un forado abierto en el cerco vivo de espinos, al interior del fundo denominado “Santa Erminia”, ubicado en parcela N°11 camino El Olivo de La Comuna de La Calera; una vez ya dentro del predio, proceden a sustraer desde los frutales del mismo conjuntamente y con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, un total de 30 kilos de paltas, de la variedad fuerte y californiana, avaluadas por la víctima en la suma de $80.000.-, especies que acopiaron en un bolso que portaban, siendo sorprendidos en tal acción por el administrador del predio, don Sergio Sebastián Araya Cisterna, por lo cual, ambos huyen del lugar, siendo perseguidos por el denunciante y administrador del predio, saliendo con las especies del predio, las cuales abandonan en la huida y procediéndose a la detención por el mismo denunciante y por carabineros quienes lograr de tal manera frustrar el hecho y recuperar las especies. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 15 N° 1, 30, 296 del Código Penal; artículo 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al acusado a SEBASTIÁN HERNÁN HIDALGO CHOQUE, Cédula Identidad 0018879055-0, de los cargos e imputaciones del Ministerio QHBFWSMXJL Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 22/10/2021 15:17:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al

Fallo

se declara: I.- Se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al acusado a SEBASTIÁN HERNÁN HIDALGO CHOQUE, Cédula Identidad 0018879055-0, de los cargos e imputaciones del Ministerio QHBFWSMXJL Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 22/10/2021 15:17:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Público, como autor del delito de robo en lugar no habitado, supuestamente perpetrado el día 28 de agosto de 2018, en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 1800841341-6 RIT N° 1845 - 2018 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DE GARANTÍA DE LA CALERA. QHBFWSMXJL Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 22/10/2021 15:17:13 ESTE DOCUM

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SENTENCIA La Calera, doce de octubre de dos mil veintiuno Hechos: Que el día 28 de agosto de 2018, aproximadamente a las 13:45 horas de la tarde, los requeridos SEBASTIÁN HERNÁN HIDALGO CHOQUE Y GUIDO ANDRÉS CHOQUE ARCO, ingresaron por escalamiento a través de un forado abierto en el cerco vivo de espinos, al interior del fundo denominado “Santa Erminia”, ubicado en parcela N°11 camino El Olivo de

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