Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

MP C/ BENJAMÍN FLORENTINO PINO SILVA

Rol

O-85-2021

Fecha

22 de octubre de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos incluidos por el Ministerio Público en la acusación y que dicen relación con esta acusada, son los siguientes: Que a raíz de una Orden Investigar emanada de la Fiscalía Local de San Antonio en Mayo de 2020, que dice relación con la comercialización de drogas mediante el uso de la aplicación de citas anónimas de nombre GRINDR, por la cual diversas personas tomarían contacto para la adquisición y venta de drogas como cocaína, éxtasis, LSD, cannabis entre otros, personal de BRIANCO SAN ANTONIO logró determinar que los acusados LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO y SEBASTIAN DAVID AMESTICA ALARCON utilizaban dicha aplicación mediante los perfiles “FALONXMAYORYGRA” y “(SIGNONARIZ)DELI 26”. Es así como el día 10 de junio de 2020, personal de BRIANCO PDI SAN ANTONIO mediante el uso de la técnica de agente revelador debidamente autorizado por la Fiscalía Local de San Antonio, se contactó con los acusados para alrededor de las 18:15 horas encontrarse en el sector de Playa Chica de Cartagena, donde la acusada LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO, llegó en el vehículo NISSAN V16 patente NK3276 conducido por SEBASTIAN DAVID AMESTICA ALARCON y procedieron a vender al agente revelador dos bolsas de nylon transparente contendores de 1,91 gramos de cannabis sativa en la suma de $10.000. Posteriormente, el día 11 de junio de 2020 alrededor de las 17:42 horas, el agente revelador se contactó con los mismos acusados para la compra de marihuana, encontrándose en el TELETRAK de calle Esmeralda, Cartagena, llegando los acusados LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO, SEBASTIAN DAVID AMESTICA ALARCON y JOSE ANTONIO MORALES FREDES, en el mismo vehículo, haciendo subir al Agente Revelador al asiento trasero del vehículo, vendiéndole una bolsa de nylon NVRRWSLMGJ Yesica Alejandra Hidalgo Parra Juez Integrante Fecha: 22/10/2021 12:32:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de se

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciocho de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, integrada por los magistrados Edgardo Castro Fuentes, quien presidió la audiencia, Yesica Hidalgo Parra y Andrea Santander Guerra, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N° 85-2021, compareciendo en representación del Ministerio Público de San Antonio el fiscal adjunto Fred Silva Valenzuela, seguido en contra de LOHAN MARYORI DE JESÚS GONZÁLEZ PINO, cédula nacional de identidad N° 17.893.825-8, nacida el 23 de enero de 1992 en Punta Arenas, 29 años, estudiante de asistente de enfermería, casada, domiciliada en Asturias 373, Cartagena, representada por el defensor penal privado Danilo Quiroga Arellano. Se hace presente que el presente juicio se desarrolló, en atención a la pandemia mundial por el virus covid-19 que ha motivado la declaración del estado de excepción de catástrofe a nivel nacional, mediante video conferencia usando al efecto la plataforma “zoom”, a fin de evitar la propagación de dicha enfermedad, habiéndose resuelto así en audiencia previa. Asimismo, durante todo el curso de todo el juicio, se adoptaron todas las medidas tendientes para resguardar los derechos establecidos en la Constitución y las leyes de la República, principalmente respecto de la acusada. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos incluidos por el Ministerio Público en la acusación y que dicen relación con esta acusada, son los siguientes: Que a raíz de una Orden Investigar emanada de la Fiscalía Local de San Antonio en Mayo de 2020, que dice relación con la comercialización de drogas mediante el uso de la aplicación de citas anónimas de nombre GRINDR, por la cual diversas personas tomarían contacto para la adquisición y venta de drogas como cocaína, éxtasis, LSD, cannabis entre otros, personal de BRIANCO SAN ANTONIO logró determinar que los acusados LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO y SEBASTIAN DAVID AMESTICA ALARCON utilizaban dicha aplicación mediante los perfiles “FALONXMAYORYGRA” y “(SIGNONARIZ)DELI 26”. Es así como el día 10 de junio de 2020, personal de BRIANCO PDI SAN ANTONIO mediante el uso de la técnica de agente revelador debidamente autorizado por la Fiscalía Local de San Antonio, se contactó con los acusados para alrededor de las 18:15 horas encontrarse en el sector de Playa Chica de Cartagena, donde la acusada LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO, llegó en el vehículo NISSAN V16 patente NK3276 conducido por SEBASTIAN DAVID AMESTICA ALARCON y procedieron a vender al agente revelador dos bolsas de nylon transparente contendores de 1,91 gramos de cannabis sativa en la suma de $10.000. Posteriormente, el día 11 de junio de 2020 alrededor de las 17:42 horas, el agente revelador se contactó con los mismos acusados para la compra de marihuana, encontrándose en el TELETRAK de calle Esmeralda, Cartagena, llegando los acusados LOHAN MARYORI DE JESUS GONZALEZ PINO, SEBASTIAN D

Fallo

Por tanto, solicitará veredicto condenatorio. La Defensa señaló que no cuestionará los hechos de la acusación ni la calificación jurídica de los mismos, así como tampoco la participación que le cupo a la representada en éstos. De hecho, ella prestará declaración, reconociendo los hechos de la acusación y colaborando en el esclarecimiento de los mismos, y oportunamente, se invocarán las circunstancias que correspondan. CUARTO: Actitud de la acusada. Que, en presencia de su abogado defensor y en la oportunidad que establece el artículo 326 del Código Procesal Penal, la acusada fue, debida y legalmente, informada de los hechos materia de la acusación y de su derecho a declarar como medio de defensa o guardar silencio, tomando la decisión de declarar. Indicó que todo lo que se indicó es correcto. Ella estaba con Sebastián Améstica y ocupaban la aplicación de Grindr para comercializar la droga, se vendieron dos veces, la segunda vez los tomaron detenidos. Agregó que la marihuana no era de ellos, sino que de José Morales y la cocaína era de ella, lo que le encontraron a ella. Después los llevaron NVRRWSLMGJ Yesica Alejandra Hidalgo Parra Juez Integrante Fecha: 22/10/2021 12:32:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P a

Texto Completo (Preview)

MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO C/ GONZÁLEZ PINO. TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES, ART. 4° LEY 20.000. RIT 85-2021. RUC 2000545318-7. SAN ANTONIO, veintidós de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha dieciocho de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, integrada por l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica