NELSON ANTONIO CASTILLO REINOSO C/ KATHERINE DAYANE ORTIZ BASTIAZ
Rol
O-1546-2020
Fecha
22 de octubre de 2021
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, DAÑO FALTA (495 NR 21 CODIGO PENAL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de KATHERINE DAYANE ORTIZ BASTIAZ, cedula de identidad N° 13.863.980-0, CHRISTIAN HERNAN SAN MARTIN PARDO, CI 13.766.703-7, ambos domiciliado en Arica 351, Villa Alemana, se resuelve en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: HECHO 1: El día 2 de marzo de 2020, alrededor de las 23.05 horas, en circunstancias que CHRISTIAN SAN MARTIN PARDO se encontraba en su domicilio de Bernardo Leighton 1431, Block 2, departamento 33, Villa Alemana, llegó al lugar su cónyuge, KATHERINE ORTIZ BASTIAZ, de la cual se encuentra separado, quien procedió a amenazarlo diciéndole que lo iba a matar acompañado de groserías, para luego proceder con un elemento contundente a ocasionar daños en el parabrisas de su vehículo patente UD.9936, que se encontraba estacionado en el lugar, ocasionándole daños avaluados prudencialmente en más de una unidad tributaria mensual. HECHO 2: El día 9 de mayo de 2020, alrededor de las 12.40 horas, al interior del domicilio de Arica 351, Villa Alemana, los imputados KATHERINE ORTIZ BASTIAZ Y CHRISTIAN SAN MARTIN PARDO, cónyuges que se encuentran separados, procedieron a agredirse mutuamente con golpes en sus cuerpos, resultando KATHERINE ORTIZ con leves estigmas eritematosos y CHRISTIAN SAN MARTIN con lesiones en cara y cuero cabelludo, todas lesiones de carácter leve. HECHO 3: El día 17 de febrero de 2021, alrededor de las 13.50, en circunstancias que KATHERINE ORTIZ BASTIAZ se encontraba en su domicilio de Arica 351, Villa Alemana, junto al imputado, su cónyuge CHRISTIAN SAN MARTIN, XWKNWSXXHX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 22/10/2021 11:34:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl éste luego de una discusión familiar procedió a agredirla con golpes en su cuerpo, resultando la víctima con restos de sangrado de nariz, lesiones de carácter leve. Los hechos descritos como HECHO 1 configuran los delitos de amenazas y daños en contexto de violencia intrafamiliar, delitos descritos y sancionados en el art. 296 nº 3 y 487 del Código Penal, delitos realizados en grado de consumados y en calidad de autora de acuerdo a los arts. 15 Nº 1 del mismo cuerpo legal. (imputada KATHERINE ORTIZ) Los hechos descritos como HECHO 2 configuran el delito de lesiones menos graves en contexto violencia intrafamiliar, delito descrito y sancionado en el art. 399 del Código Penal, delito realizado en grado de consumado y en calidad de autores de acuerdo a los arts. 15 Nº 1 del mismo cuerpo legal. (imputados CHRISTIAN SAN MARTIN Y KATHERINE ORTIZ) Los hechos descritos como HECHO 3 configuran el delito de lesiones menos graves en contexto violencia intrafamiliar, delito descrito y sancionado en el art. 399 del Código Penal, delito realizado en grado de consumado y en calidad de autores de acuerdo a los arts. 15 Nº 1 del mismo cuerpo legal. (imputado CHRISTIAN
Fallo
se resuelve en virtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: HECHO 1: El día 2 de marzo de 2020, alrededor de las 23.05 horas, en circunstancias que CHRISTIAN SAN MARTIN PARDO se encontraba en su domicilio de Bernardo Leighton 1431, Block 2, departamento 33, Villa Alemana, llegó al lugar su cónyuge, KATHERINE ORTIZ BASTIAZ, de la cual se encuentra separado, quien procedió a amenazarlo diciéndole que lo iba a matar acompañado de groserías, para luego proceder con un elemento contundente a ocasionar daños en el parabrisas de su vehículo patente UD.9936, que se encontraba estacionado en el lugar, ocasionándole daños avaluados prudencialmente en más de una unidad tributaria mensual. HECHO 2: El día 9 de mayo de 2020, alrededor de las 12.40 horas, al interior del domicilio de Arica 351, Villa Alemana, los imputados KATHERINE ORTIZ BASTIAZ Y CHRISTIAN SAN MARTIN PARDO, cónyuges que se encuentran separados, procedieron a agredirse mutuamente con golpes en sus cuerpos, resultando KATHERINE ORTIZ con leves estigmas eritematosos y CHRISTIAN SAN MARTIN con lesiones en cara y cuero cabelludo, todas lesiones de carácter leve. HECHO 3: El día 17 de febrero de 2021, alrededor de las 13.50, en circunstancias que KATHERINE ORTIZ BASTIAZ se encontraba en su domicilio de Arica 351, Villa Alemana, junto al imputado, su cónyuge CHRISTIAN SAN MARTIN, XWKNWSXXHX Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 22/10/2021 11:34:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, veintidós de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de KATHERINE DAYANE ORTIZ BASTIAZ, cedula de identidad N° 13.863.980-0, CHRISTIAN HERNAN SAN MARTIN PARDO, CI 13.766.703-7, ambos domiciliado en Arica 351, Villa Alemana, se resuelve en virtu
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