MP AH C/ OSCAR ALEX ESPINOSA
Rol
O-354-2021
Fecha
22 de octubre de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el 16 de enero de 2021, alrededor de las 16.25 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de la Tercera comisaría de Carabineros realizaban patrullajes preventivos de su especialidad, recibieron un llamado de la central de comunicaciones para que se trasladaran hasta el sector de las Tomas del Boro, comuna de Alto Hospicio, debido a una agresión que había sufrido una persona por sujetos desconocidos que se movilizaban a bordo de un auto marca Mazda, color blanco, y que habían huido por los pasajes de la mencionada Toma. En ese contexto, un carro policial de apoyo que acudía hacia el lugar de los hechos, ve en el ingreso de las Tomas de El Boro a un vehículo con similares características proporcionadas, con ocupantes en su interior, FXFGWSSRRK Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez oral en lo penal Fecha: 22/10/2021 14:04:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 motivo por el cual proceden a realizarle una fiscalización al vehículo Mazda, color blanco, PPU PJWH.22, constando que en su interior, detrás del asiento del copiloto, viajaba el acusado OSCAR ALEX ESPINOZA, el cual poseía y transportaba al interior de una mochila un paquete rectangular contenedora de una sustancia vegetal que sometida a la prueba de campo arrojo coloración positiva ante la presencia de THC marihuana, con un peso de 1 kilo, 27 gramos, incautándole su celular marca Samsung, modelo A 70, color blanco dorado, y la suma de $41.000 en dinero en efectivo. Asimismo, se pudo corroborar que el imputado circulaba en la vía pública sin contar con el permiso o salvoconducto que lo habilitase para circular en la vía públ
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día diecinueve de octubre de dos mil veintiuno, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Rodrigo Villar Bustamante, quien presidió, Felipe Ortíz de Zárate Fernández y Cristián Alfonso Durruty, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa Rit N° 354-2021, seguida en contra de OSCAR ALEX ESPINOSA, C.I. N° 25.527.534-8, colombiano, casado, nacido el 14 de junio de 1984, de 37 años de edad, educación media completa, bodeguero, apercibido de conformidad a lo dispuesto en el artículo 26 del Código Procesal Penal en su domicilio ubicado en Pasaje Ferronor N°1618, Iquique. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto, don Carlos González Reyes. La asistencia letrada del acusado estuvo a cargo del Defensor Particular, Víctor Hernández Milicay. SEGUNDO: Acusación. Que, el ente persecutor fundó la acusación formulada en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en la ocurrencia de los siguientes hechos: “Que el 16 de enero de 2021, alrededor de las 16.25 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de la Tercera comisaría de Carabineros realizaban patrullajes preventivos de su especialidad, recibieron un llamado de la central de comunicaciones para que se trasladaran hasta el sector de las Tomas del Boro, comuna de Alto Hospicio, debido a una agresión que había sufrido una persona por sujetos desconocidos que se movilizaban a bordo de un auto marca Mazda, color blanco, y que habían huido por los pasajes de la mencionada Toma. En ese contexto, un carro policial de apoyo que acudía hacia el lugar de los hechos, ve en el ingreso de las Tomas de El Boro a un vehículo con similares características proporcionadas, con ocupantes en su interior, FXFGWSSRRK Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez oral en lo penal Fecha: 22/10/2021 14:04:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 motivo por el cual proceden a realizarle una fiscalización al vehículo Mazda, color blanco, PPU PJWH.22, constando que en su interior, detrás del asiento del copiloto, viajaba el acusado OSCAR ALEX ESPINOZA, el cual poseía y transportaba al interior de una mochila un paquete rectangular contenedora de una sustancia vegetal que sometida a la prueba de campo arrojo coloración positiva ante la presencia de THC marihuana, con un peso de 1 kilo, 27 gramos, incautándole su celular marca Samsung, modelo A 70, color blanco dorado, y la suma de $41.000 en dinero en efectivo. Asimismo, se pudo corroborar que el imputado circulaba en
Fallo
Por lo expuesto, es que se concluye que al justiciable Oscar Alex Espinosa le corresponde autoría del artículo 15 número 1 del Código Penal, en el delito establecido. DÉCIMO TERCERO: Absolución del cargo formulado por el delito contra la salud pública. Que, aun cuando se probó que el día de los hechos la comuna de Alto Hospicio estaba en cuarentena dispuesta por la autoridad y el FXFGWSSRRK Cristian Arturo Alfonso Durruty Juez oral en lo penal Fecha: 22/10/2021 14:04:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 8 justiciable no acreditó el poseer, entonces, algún permiso de movilidad, lo cierto es que esa mera conducta, aun cuando puede acarrear responsabilidad administrativa, no es idónea para poner en riesgo la salud pública, que es el bien jurídico protegido por el artículo 318 del Código Penal, lo que conlleva el que sea necesariamente absuelto de este cargo. DÉCIMO CUARTO: Audiencia de determinación de pena. Que, para la determinación de lo referente a las circunstancias que modifican la responsabilidad criminal y forma de ejecución de las penas, el fiscal introdujo el extracto de filiación y antecedentes del ac
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ OSCAR ALEX ESPINOSA. RUC: 2100048424-2. RIT: 354-2021. DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. Iquique, a veintidós de octubre de dos mil veintiuno. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día diecinueve de octubre de dos mil veintiuno, ante una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los ju
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