4º Juzgado de Garantía de Santiago

NIBALDO ANDRES VILLANUEVA BASCUÑAN C/ JOSÉ HERNÁN PEÑA CANELO

Rol

O-8160-2021

Fecha

20 de octubre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 14 de agosto del año 2021, aproximadamente a las 15:15 horas el requerido JOSE HERNAN PEÑA CANELO, llegó hasta la tienda North Face del mall La Dehesa, ubicada en Avda. La Dehesa N° 1445, comuna de Lo Barnechea, lugar desde donde sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de 01 chaqueta marca North Face, de color negro, avaluada en la suma de $199.990 pesos, la que ocultó en el interior de una bolsa blanca que portaba, para luego sin pagar la especie, se dio a la fuga, activándose el sistema de alarma, siendo seguido por un guardia de seguridad del mall, quien alertó a personal policial, quienes detuvieron al sujeto en el sector de estacionamiento del mall, encontrándole al registro de la bolsa que portaba, además de la chaqueta sustraída, 01 kit de tele vigilancia, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del mismo, toda vez que había sustraído momentos antes desde el interior de la tienda Easy, ubicada en el mismo mall, especie que fue reconocida por la víctima y avaluada en la suma de $209.900 pesos.” I. Que se condena a JOSÉ HERNÁN PEÑA CANELO, cédula de identidad nº 0013479257-4, como autor de los delitos de Hurto Simple, descrito y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal y el delito de Receptación de Especies, descrito y sancionado en el Art. 456 Bis A del mismo cuerpo legal, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, por los hechos ocurridos en la comuna de Lo Barnechea el día 14 de agosto de 2021, a la pena única de SESENTA Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y a la MULTA de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena. II. Se le exime del pago de las costas de la causa por haber renunciado a su derecho a juicio, ahorrando recursos materiales y humanos a la administración de justicia en su conjunto. III. Teniendo presente que el imputado ha permanecido con medida cautelar de prisión preve

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO (SIMPLIFICADO) FECHA: Santiago, veinte de octubre de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CAROLINA ANDREA ARAYA HERNANDEZ RUC: 2100737748-4 RIT: 8160-2021

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