C/ MAURICIO ISAAC ORTIZ SÁNCHEZ
Rol
O-25-2021
Fecha
20 de octubre de 2021
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO CON INTIMIDACION., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos constituyen los siguientes delitos: Un delito de Robo con intimidación, ilícito previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1º en relación al artículo 432 del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado Un delito de receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A inciso 3º del Código Penal, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. Un delito de Porte de arma de fuego prohibida, ilícito previsto y sancionado en el artículo 14 en relación al artículo 3º, ambos de la ley 17.798, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. Un delito de Tráfico ilegal de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en relación al artículo 1º del mismo cuerpo legal, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado. El persecutor, en los referidos ilícitos, les atribuye a los acusados, según lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, la calidad de autores, toda vez IRMA ANDREA TAPIA VALDES Juez Redactor Fecha: 20/10/2021 16:56:21 JQTXWRFMDX CLAUDIO ALEJANDRO HENRIQUEZ ALARCON Juez Presidente Fecha: 20/10/2021 17:42:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 3 de 48 que tomaron parte, en la ejecución de los hechos, de manera inmediata y directa. Sostiene, además, que perjudica a ambos acusados la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, solo en relación al delito de tobo con intimidación, por lo que requiere, se impongan, a ambos acusados, las siguientes penas: - 12 años de presidio mayor en su grad
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad de Santiago, constituido por los Jueces Claudio Henríquez Alarcón, quien presidió la Audiencia, Ana Carolina Larredonda Muñoz e Irma Tapia Valdés, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa Rit N°25-2021, seguida en contra de MAURICIO ISAAC ORTIZ SANCHEZ, chileno, cédula de identidad N°18.955.144-4, nacido en Santiago, el 22 de diciembre de 1994, 27 años de edad, soltero, sin hijos, escolaridad completa, comerciante, con domicilio en calle Venecia N°1465, Villa Italia, comuna de Cerro Navia y, LEONARDO DAVID LABARCA FERNANDEZ, chileno, cédula de identidad N°17.879.751-4, nacido en Santiago, el 8 de noviembre de 1991, 29 años de edad, soltero, una hija de 12 años, escolaridad completa, vendedor, con domicilio en pasaje Marcos Maturana N°7575, comuna de Lo Prado. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal adjunta Lía Herrera Flores; la defensa del acusado Ortiz Sánchez estuvo a cargo de la Defensora Privada Bárbara González Mena; por su parte, la defensa de Labarca Fernández estuvo representada por los Defensores Privados Carlos Godoy Marillán y Felipe Zapata Moya, todos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. El juicio se realiza, dada la situación de alerta sanitaria, bajo modalidad de conexión remota a través de la plataforma zoom, conectándose funcionarios policiales desde sus unidades, defensores y jueces en sus domicilios; fiscal desde el Ministerio Público, testigos civiles y acusados desde el tribunal. Respecto de todos los deponentes de este juicio, se han efectuado las respectivas corroboraciones de identidad a través de la Unidad de Testigos y Peritos del tribunal, con cédula de identidad y biométrico, se les han leído sus derechos, se ha corroborado que declaran sin otras personas presentes y sin ningún soporte de lectura. Adicionalmente, la modalidad del juicio y sus coordinaciones, fueron debidamente acordadas en audiencias previas con la presencia de todos los intervinientes. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público dedujo acusación en contra de los acusados, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, fundándola en que el día 01 de Mayo de 2019, poco después de las 22:00 horas, en el vehículo marca IRMA ANDREA TAPIA VALDES Juez Redactor Fecha: 20/10/2021 16:56:21 JQTXWRFMDX CLAUDIO ALEJANDRO HENRIQUEZ ALARCON Juez Presidente Fecha: 20/10/2021 17:42:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 48 Ford, modelo New Ecosport, color gris, año 2010, placa patente única CFCR.14, el cual presentaba encargo vi
Fallo
por tanto, hubo disparos y si es que hubo, porque Mauricio no tiene residuos nitrados en sus manos, ropas, vestimentas, mangas, bolsillos; le llama la atención que hayan metido la marihuana en una caja sin sacar muestras aleatorias de todas las cajas, teniendo en consideración que en una de ellas había pasto; tampoco sabemos en que estado estaba, dijo que seca, pero el informe de recepción de la droga dice estado verde, entonces, estaba seca o verde; además la carabineros dice que eran plantas sacadas de la tierra, con todo, ramas y raíces; entonces que era; en cuanto a la receptación, le llama la atención que el encargo por robo sea de las 22:40 horas, cuando ya estaba el procedimiento tomado, las personas detenidas; cree que no cumple con las características necesarias para establecer este delito; además, no tenemos la declaración de la víctima de este delito base, que dé cuenta de la efectividad del mismo, como ocurrió y a qué hora; hay cabos sueltos que dan cuenta de la falta participación del acusado; que el cabo Carrillo indicara que no le dieron ninguna descripción de las personas que tenían que seguir y por su instinto, porque vio gente corriendo, los siguió, porque tenían que ser porque iban corriendo, pero nunca recibió características de vestimentas o descripción física que le diera la voz femenina que hablaba por radio, que se imagina que era Leslie, quien daba alguna indicación y solo corrió porque vio gente corriendo; por ello, mantiene su petición de absolución
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Página 1 de 48 C/ MAURICIO ISAAC ORTIZ SANCHEZ Y LEONARDO DAVID LABARCA FERNANDEZ ROBO COM INTIMIDACIÓN, RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, PORTE DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA Y TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES ROL UNICO : 1900468368-7 ROL INTERNO: 25-2021 Santiago, veinte de octubre del año dos mil veintiuno. VISTOS, OIDO A LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Primer Tri
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