GUTIERREZ CON LIVING ACALIS SPA
Rol
O-4663-2020
Fecha
8 de abril de 2021
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que doña MARÍA ELIZABETH GUTIÉRREZ HOYOS, Auxiliar de Aseo, con domicilio en calle Valdivieso N° 448, comuna de Recoleta, Santiago, interpone demanda de indemnización de perjuicios por accidente de trabajo y nulidad del despido en contra de la empresa LIVING ACALIS SPA, representada por doña EVA SMETS, de quién ignora profesión u oficio, ambas domiciliadas en calle Colombia N° 9072, comuna de La Florida, Santiago, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que expone: Señala que ingresó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demanda con fecha 18 de enero de 2020, como Auxiliar de Aseo, con una remuneración mensual de $490.379, para los efectos del inciso primero del artículo 172 del Código del Trabajo, la cual estaba compuesta por un Sueldo base de $320.500, un Bono de asistencia y cumplimiento de $43.388, la Gratificación legal de $90.972., asignación de Movilización de $21.526 y asignación de Colación de $13.993. En cuanto a la duración del contrato de trabajo, refiere que se estableció que sería hasta el 15 de febrero de 2020, siendo prorrogado por dos meses más, de acuerdo con el anexo de contrato de trabajo suscrito en fecha 15 de febrero de 2020, y el día 15 de abril de 2020, su empleador decidió poner término al contrato de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo. Dice que tal como se probará la demandada no ha dado cumplimiento a estas reglas, razón por la cual tuvo un accidente del trabajo el día 14 de abril de 2020 entre las 09:30 y 10:00 horas de la mañana, cuando se encontraba en su lugar de trabajo, al bajar las gradas del lugar de su trabajo resbaló y sufrí un esguince de tobillo grado II. Aduce, además que al momento de su despido se le adeudaban todas sus cotizaciones previsionales del período trabajado, en AFP Uno, Fonasa y AFC Chile, faltaban por pagar los meses de enero hasta abril de 2020. Por lo que expone y normas legales que invoca,
Fallo
se resuelve: En cuanto a la excepción de finiquito: I.- Que, SE RECHAZA, la excepción de finiquito opuesta por la parte demandada. En cuanto al fondo: II.- Que SE RECHAZA, la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, interpuesta por doña MARÍA ELIZABETH GUTIÉRREZ HOYOS, en contra de la empresa LIVING ACALIS SPA, todos ya individualizados, por no haberse acreditado suficientemente los presupuestos de la acción. III.-Que, SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda de nulidad del despido. IV.- Que, SE ACOGE, la demanda de cobro de prestaciones, sólo en cuanto, se condena a la demandada a pagar a la actora la suma de $82.809, por concepto de feriado proporcional, en la forma solicitada, suma que deberá solucionarse con más el reajuste e interés que prevé el artículo 63 del Código del Trabajo. V.- Que, SE RECHAZA la demanda, en las demás prestaciones. VI.- Que, cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. RIT O-4663-2020. (RIT de origen M-2026-2020) RUC: 20-4-0284138-K Dictada por don RICARDO ANTONIO ARAYA PEREZ, Juez Titular, de este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, a ocho de abril de dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Que doña MARÍA ELIZABETH GUTIÉRREZ HOYOS, Auxiliar de Aseo, con domicilio en calle Valdivieso N° 448, comuna de Recoleta, Santiago, interpone demanda de indemnización de perjuicios por accidente de trabajo y nulidad del despido en contra de la empresa LIVING ACALIS SPA, representada por doña EVA SMETS, de quién ignora profesión u ofi
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