MINISTERIO PUBLICO C/ ELVIS ALEXIS ANTONIO FUENTES ACUÑA
Rol
O-73-2021
Fecha
18 de octubre de 2021
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 432 y 436 del Código Penal; artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4° y 38 de la Ley 18.216 se declara: I. Que, se acoge el requerimiento deducido por el Ministerio Público, representado en audiencia por la Fiscal Adjunto Jefe de san Carlos doña Tamara Cuello Peña TYVPWQKVJX Ivan Rodrigo Santibañez Torres Juez de garantía Fecha: 19/10/2021 08:55:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl en contra del imputado don ELVIS ALEXIS ANTONIO FUENTES ACUÑA, cédula nacional de identidad N° 0020620300-5, ya individualizado, y se le condena a la pena de TRECIENTOS UN (301) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, como autor del ilícito de robo por sorpresa, ilícito descrito y sancionado en el artículo 432 y 436 del Código Penal, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 20 de enero del año 2021. II. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, se le sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por la remisión condicional, por el plazo de un año, quedando sujeto al control administrativo y seguimiento del Centro de Reinserción Social de San Carlos, debiendo cumplir además con las condiciones del artículo 5° de la Ley 18.216, debiendo presentarse dentro de quinto día desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de dictarse orden de detención en su contra.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 432 y 436 del Código Penal; artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 4° y 38 de la Ley 18.216 se declara: I. Que, se acoge el requerimiento deducido por el Ministerio Público, representado en audiencia por la Fiscal Adjunto Jefe de san Carlos doña Tamara Cuello Peña TYVPWQKVJX Ivan Rodrigo Santibañez Torres Juez de garantía Fecha: 19/10/2021 08:55:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl en contra del imputado don ELVIS ALEXIS ANTONIO FUENTES ACUÑA, cédula nacional de identidad N° 0020620300-5, ya individualizado, y se le condena a la pena de TRECIENTOS UN (301) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, como autor del ilícito de robo por sorpresa, ilícito descrito y sancionado en el artículo 432 y 436 del Código Penal, perpetrado en territorio jurisdiccional de este tribunal el día 20 de enero del año 2021. II. Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216,
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Individualización de Audiencia de procedimiento abreviado, sustituido por simplificado. Fecha San Carlos., dieciocho de octubre de dos mil veintiuno Magistrado IVAN SANTIBAÑEZ TORRES Fiscal TAMARA CECILIA CUELLO PEÑA Defensor CARLOS ANDRÉS REYES GUTIÉRREZ Hora inicio 11:46AM Hora termino 12:04PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos. Acta C. Domínguez RUC 2100064221-2 RIT 73 - 20
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