Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MIN PUBLICO C/ GIOVANNI CHRISTIANSEN CORNEJO BUSTOS

Rol

O-165-2021

Fecha

18 de octubre de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Con fecha 13 de octubre del año 2.020, aproximadamente a las 19:00 horas, en calle Los Acantos esquina Los Juncos, Placilla, Valparaíso, el acusado Giovanni Christiansen Cornejo Bustos, transfirió contenedores con un peso total de 2,38 gramos netos de Cannabis Sativa, a un tercero que se encontraba al interior de un vehículo marca Kia, Placa Patente Única BBGL-79” A juicio de esta Fiscalía el hecho descrito, es constitutivo de un delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en CYLEWQVEKM Marcela De Lourdes Osorio Paez Juez oral en lo penal Fecha: 18/10/2021 14:13:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl que se le atribuye al acusado la calidad de autor directo, en los términos dispuestos en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Se indica que a su respecto concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal, prevista en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal. Se solicita se imponga al acusado ya individualizado una pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, además de las accesorias legales que correspondan mientras dure la condena, comiso de todas las especies provenientes del delito y destrucción de droga, determinación de huella genética, y, así mismo, se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura. Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, expresó

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha trece de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por la Juez Presidente de Sala doña Paula Ramos Vergara y por los Jueces don Wilson González Díaz y doña Marcela Osorio Páez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 2001044801-9, RIT N° 165-2021, seguido en contra de Giovanni Christiansen Cornejo Bustos, cédula de identidad N° 16.487.764-7, nacido en Valparaíso el día 16 de Enero de 1987, 34 años, casado, enseñanza media completa, obrero de la construcción, domiciliado en Pasaje Los Suspiros, Casa 878, Placilla, Valparaíso. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal José Miguel Subiabre Tapia y la defensa, en tanto, fue asumida por la Defensoría Penal Pública, representada por la abogado Hugo Leal González, ambos todos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “Con fecha 13 de octubre del año 2.020, aproximadamente a las 19:00 horas, en calle Los Acantos esquina Los Juncos, Placilla, Valparaíso, el acusado Giovanni Christiansen Cornejo Bustos, transfirió contenedores con un peso total de 2,38 gramos netos de Cannabis Sativa, a un tercero que se encontraba al interior de un vehículo marca Kia, Placa Patente Única BBGL-79” A juicio de esta Fiscalía el hecho descrito, es constitutivo de un delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 4º de la Ley 20.000, en CYLEWQVEKM Marcela De Lourdes Osorio Paez Juez oral en lo penal Fecha: 18/10/2021 14:13:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl que se le atribuye al acusado la calidad de autor directo, en los términos dispuestos en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Se indica que a su respecto concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal, prevista en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal. Se solicita se imponga al acusado ya individualizado una pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales, además de las accesorias legales que correspondan mientras dure la condena, comiso de todas las especies provenientes del delito y destrucción de droga, determinación de huella genética, y, así mismo, se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura. Que el Ministerio Público, en s

Fallo

fallo fue posible establecerlo con la prueba de cargo que fue incorporada al juicio, consistente en los dichos del Sargento 2do Cristian Díaz Araya, los que se condijeron con aquellos vertidos por el acusado al prestar declaración como medio de defensa, los cuales se vieron respaldados además por la prueba documental, tres fotografías, una grabación de video como también por la pericial que dio cuenta de la naturaleza ilícita de la sustancia incautada, corroborándose de esta forma, la efectividad de la proposición fáctica del persecutor. Que, por lo demás, según adelantó ya la defensa en su apertura, no se controvertiría la configuración del hecho punible como tampoco la participación de su representado, reservando sus alegaciones para el momento de la determinación de la pena. Que, en cuanto a la fecha, hora y lugar en que se descubrió al acusado Cornejo Bustos transfiriendo la sustancia ilícita a un tercero, se estuvo principalmente a lo declarado por el testigo de cargo, el Sargento 2do Cristian Díaz Araya, quien indicó que el día 13 de octubre de 2020, a las 19:00 horas, encontrándose en calidad de jefe de patrulla motorizada en el sector de Placilla, recibió un llamado de la central de cámaras indicándole que concurriera junto a su acompañante a la intersección de las calles Los Juncos con Los Acantos, lugar en donde estaba un vehículo detenido en que se estaba efectuando un procedimiento por drogas. Agregó que concurrieron a la citada intersección de inmediato, llegand

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DELITO: MICROTRÁFICO RUC N°: 2001044801-9 RIT N°: 165-2021 ACUSADO: GIOVANNI CHRISTIANSEN CORNEJO BUSTOS. C. I. N° 16.487.764-7. Valparaíso, dieciocho de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha trece de octubre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por la Juez President

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