ORTEGA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD YERBAS BUENAS
Rol
O-22-2020
Fecha
7 de abril de 2021
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos conflictivos ocurridos con el Alcalde Luis Cadegan Moran, debido a supuestos problemas administrativos generados por su persona, donde se le informó que en el cobro de servicios prestados por el proveedor Héctor Muños Vera, el cual por años había prestado servicios a la Municipalidad y siempre apegado a los procesos administrativos a través de órdenes de compra y/o licitaciones, las que en un par de ocasiones presto los servicios sin apegarse a dichos procesos establecidos, esto por la premura de tiempo y la necesidad del momento, pero siempre con la autorización del Alcalde, trabajos que le manifestaron, serían regularizados posteriormente vía administrativa, para poder proceder con el correcto pago correspondiente, cuestión que finalmente por falta de voluntad y gestión, nunca se trasparentaron incumpliendo con dicho proveedor, de dicha situación tomo conocimiento el consejo municipal y puntualmente el Concejal Luis Guzmán Trujillo, solicito en la sesión que yo entregara un informe a dicho consejo de toda su gestión desde el año 2013 al año 2018, lo que finalmente nunca se concretó. Refiere que lo anterior genero reclamos por parte de Héctor Muños Vera, ante la propia casa edilicia y luego de no obtener respuestas, se dirigió ante su persona, señalándole que, si no lograba una respuesta del ente edilicio, debía concurrir a la Contraloría General de la República, cuestión que hizo y que obligo a la Municipalidad a pronunciarse. Así, esta situación provoco que el alcalde ordenara una investigación sumaria que dirigía la fiscal Sibila Pizarro Fanzani, en donde prestó declaración y entregó toda la documentación fundante de que los servicios se habían efectivamente prestados por el proveedor en su oportunidad, cuestión finalmente que habría causado enorme molestia al alcalde, desencadenándose para él las actuaciones que posteriormente concreto el edil. Posteriormente, el demandante señala textualmente -sin que los siguientes párrafos pudieran ser comprendido p
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Que, ante este Segundo Juzgado de Letras de Linares, comparece don MIGUEL HERNÁN ORTEGA PARADA, empleado, cédula nacional de identidad N° 9.914.820-9 domiciliado en La Faja Oriente s/n de la comuna de Yerbas Buenas quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General Laboral por Declaración de Relación Laboral, Despido Indirecto, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones Laborales Adeudadas, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YERBAS BUENAS, Rol Único Tributario Nº 69.130.400-0, representado en virtud del artículo 4º del Código del Trabajo por don LUIS CADEGAN MORAN, ambos domiciliados en Avenida Centenario N° 101 de la comuna de Yerbas Buenas, Sustenta su demanda en los siguientes fundamentos de hecho y consideraciones de derecho: Indica que el 01 de marzo del año 2013, fue contratado por la I. Municipalidad de Yerbas Buenas, a fin de desempeñarse como Coordinador de Actividades Bicentenario. Se indicó en el respectivo contrato que dichas Labores serían efectuadas en forma diaria y que todos los materiales que requiriera para el ejercicio efectivo de las funciones incluían las dependencias municipales, computador, materiales de oficina, siendo aportados por la Municipalidad, previa manifestación de necesidad y fundamento por el Director de Secretaría Comunal de Planificación. Agrega que la jornada de trabajo era de lunes a viernes, desde las 8:30 horas y hasta las 17:18 horas, con ½ hora de colación, cumpliendo un total de 44 horas semanales. Y la última remuneración mensual fue de $792.325.- pesos. Expone que en la práctica, dicha contratación de encargado de Coordinador de Actividades Bicentenario, las efectuó tan solo durante aproximadamente 2 meses, modificándose las mismas a Coordinador de Relaciones Publicas y encargado de actividades municipales, las que consistían en ver todos aquellos asuntos protocolares de la alcaldía, ceremonias, coordinación de actividades artísticas y culturales, además encargado de cultura y turismo, lo que consta en las actas del consejo sobre los temas de la comisión de cultura y turismo, en donde asistí como contraparte del consejo municipal, también debía colaborar estrictamente con todas las funciones que se le encomendaban, como por ejemplo la búsqueda de soluciones a problemas sociales que aquejaban a los vecinos, en coordinación directa con el Alcalde, Director de Secplan de la Municipalidad de Yerbas Buenas, este último mi jefe administrativo directo, don José Mosqueira Miranda. Añade que a pesar de que en la práctica existía una relación laboral a todas luces, y a pesar de que el contrato establecía funciones, retribuciones, jornada de trabajo, y demás elementos típicos de la relación laboral, el contrato formal se redactó bajo la nomenclatura de “Contrato de prestación de servicios a honorarios” Menciona que en el mes de enero de 2019, el contrato se modifica debido al solo hecho de manifestar desacuerdo frente a determinados hechos conflictivos ocurri
Fallo
Fallo 07 de abril 2021 Linares, siete de abril del año dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Que, ante este Segundo Juzgado de Letras de Linares, comparece don MIGUEL HERNÁN ORTEGA PARADA, empleado, cédula nacional de identidad N° 9.914.820-9 domiciliado en La Faja Oriente s/n de la comuna de Yerbas Buenas quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General Laboral por Declaración de Relación Laboral, Despido Indirecto, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones Laborales Adeudadas, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YERBAS BUENAS, Rol Único Tributario Nº 69.130.400-0, representado en virtud del artículo 4º del Código del Trabajo por don LUIS CADEGAN MORAN, ambos domiciliados en Avenida Centenario N° 101 de la comuna de Yerbas Buenas, Sustenta su demanda en los siguientes fundamentos de hecho y consideraciones de derecho: Indica que el 01 de marzo del año 2013, fue contratado por la I. Municipalidad de Yerbas Buenas, a fin de desempeñarse como Coordinador de Actividades Bicentenario. Se indicó en el respectivo contrato que dichas Labores serían efectuadas en forma diaria y que todos los materiales que requiriera para el ejercicio efectivo de las funciones incluían las dependencias municipales, computador, materiales de oficina, siendo aportados por la Municipalidad, previa manifestación de necesidad y fundamento por el Director de Secretaría Comunal de Planificación. Agrega que la jornada de trabajo era de lunes a viernes, des
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FECHA DE INGRESO 05 DE MARZO DE 2020 RUC 20-4-0255693-6 RIT O-22-2020 MAGISTRADO SUPLENTE PABLO MATÍAS RODRÍGUEZ BUSTOS MATERIA L032 Despido Injustificado L052 Prestaciones DENUNCIANTE MIGUEL HERNAN ORTEGA PARADA ABOGADO DENUNCIANTE CRISTIAN REBOLLEDO HERRERA DENUNCIADO MUNICIPALIDAD DE YERBAS BUENAS. ABOGADO DENUNCIADO compareciente CARMEN VICTORIA GRECO BURGOS Autos para Fallo
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