JOSE EDUARDO OLMEDO CHANDIA C/ RICARDO ALBERTO PADILLA MORENO
Rol
O-2218-2020
Fecha
15 de octubre de 2021
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos del Requerimiento Fiscal “El día 27 de febrero de 2020, alrededor de las 23.55 horas, en circunstancias que la víctima Jose Eduardo Olmedo Chandia, se encontraba en su domicilio ubicado en PJE. Pichincha 1227 Comuna De La Florida, llega al lugar el requerido Ricardo Alberto Padilla Moreno, él es su ex cuñado, el cual desde las afueras del inmueble procede a amenazarlo de forma seria y verosímil, manifestándole a viva voz: “eres un maricon conchesumadre, te iré a buscar al trabajo y te voy a matar, yo no ando solo y estoy armado”, para luego retirarse del lugar”.(SIC) Delito Amenazas Simples, previsto y sancionado en el Artículo 296 N° 3 del Código Penal. Grado de desarrollo Consumado. Participación Autor. Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N° 6 del Código Penal. Agravantes No concurren. Por el Ministerio Público, no se rinde prueba; La victima Sr. Jose Eduardo Olmedo Chandia y Sra. Gladys Fernanda Cortes Curilao (carabinero), no asisten. RESOLUTIVA: Vistos lo dispuesto en el artículo 4 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a RICARDO ALBERTO PADILLA MORENO, ya individualizado en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. CKQKWRMXSV JACQUELINE KAREN ATALA RIFFO Juez de garantía Fecha: 21/10/2021 10:20:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADO
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a RICARDO ALBERTO PADILLA MORENO, ya individualizado en esta audiencia del requerimiento formulado por la Fiscalía. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para litigar. Habiéndose renunciado por los intervinientes a los términos legales se ordena dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese. Dese copia del presente registro a los intervinientes. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. CKQKWRMXSV JACQUELINE KAREN ATALA RIFFO Juez de garantía Fecha: 21/10/2021 10:20:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-21T10:22:46-0300 Corte Suprema JACQUELINE KAREN ATALA RIFFO Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Lugar y Fecha de sentencia : Santiago, quince de octubre de dos mil veintiuno JUEZA : KAREN ATALA RIFFO FISCAL : Marco Antonio Flores Flores DEFENSOR PENAL PÚBLICO: Pamela Hinojosa Díaz RIT : 2218-2020 RUC : 2000239909-2 REQUERIDO : Ricardo Alberto Padilla Moreno Individualización : cédula nacional de identidad N° 16.130.440-9, chileno, 36 años, divor
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