Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ ELVIRA DE LAS MERCEDES ALBORNOZ ÁGUILA

Rol

O-4516-2021

Fecha

14 de octubre de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18, 19, 21, 25, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 41, 45, 47, 297, 333, 341 al 349, 388 al 396 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se ABSUELVE a ELVIRA DE LAS MERCEDES ALBORNOZ ÁGUILA, ya individualizada, de la acusación presentada en su contra por parte del Ministerio Público en la presente causa. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Notifíquese, regístrese y archívese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Dictada por don ERIK GONZALO ESPINOZA CERDA, Juez de Garantía de Viña del Mar. XYGXWQXJWF Erik Gonzalo Espinoza Cerda Juez de garantía Fecha: 17/10/2021 23:20:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-17T23:23:33-0200 Corte Suprema Erik Gonzalo Espinoza Cerda Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que, se ABSUELVE a ELVIRA DE LAS MERCEDES ALBORNOZ ÁGUILA, ya individualizada, de la acusación presentada en su contra por parte del Ministerio Público en la presente causa. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Notifíquese, regístrese y archívese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Dictada por don ERIK GONZALO ESPINOZA CERDA, Juez de Garantía de Viña del Mar. XYGXWQXJWF Erik Gonzalo Espinoza Cerda Juez de garantía Fecha: 17/10/2021 23:20:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-17T23:23:33-0200 Corte Suprema Erik Gonzalo Espinoza Cerda Verificación Legal

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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, catorce de octubre de dos mil veintiuno RUC 2100393698-5 RIT 4516 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ELVIRA DE LAS MERCEDES ALBORNOZ ÁGUILA 0012417145- 8 Sector Achupallas Paradero 10 Bellavista Norte Casa Nº 11 Viña del Mar. Vistos y oídos: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resoluti

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