MINISTERIO PUBLICO C/ JONATHAN ALFONSO VERGARA CASTILLO
Rol
O-105-2021
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4)., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos consignados en el auto de apertura del juicio oral, son textualmente los siguientes: “Desde al menos el día 09 de agosto de 2020, los acusados Johnny Rodrigo Muñoz Galleguillos, Jonathan Alfonso Vergara Castillo, Pedro Segundo Villegas Olivares, Valeska Fernanda Araya Cofré, el imputado Juan Carlos Piñones Ramírez y otros sujetos aún no individualizados, se dedican a la venta de droga, marihuana y cocaína base, a consumidores de las poblaciones Juan XXIII y 17 de Septiembre, comuna de La Serena; formando una agrupación organizada y estructurada RXRDWPRDVN Carlos Andres Manque Tapia Juez oral en lo penal Fecha: 14/10/2021 16:53:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl P á g i n a | 2 para aquello, liderada por el acusado Johnny Rodrigo Muñoz Galleguillos, y utilizando los domicilios de pasaje Cornelio Saavedra N° 2753, población 17 de septiembre, comuna de La Serena; pasaje Las Maravillas N° 228, población Juan XXIII, comuna de La Serena; pasaje Las Maravillas N° 230, población Juan XXIII, comuna de La Serena; Avenida Arauco N° 2852, población 17 de Septiembre, comuna de La Serena; y pasaje Las Maravillas N° 242, población Juan XXIII, comuna de La Serena; para acopio de las sustancias ilícitas, y el último también para la venta de la droga. El día 20 de noviembre del año 2020, a las 06:15 horas, en el domicilio del acusado Johnny Rodrigo Muñoz Galleguillos, ubicado en pasaje Cornelio Saavedra N° 2753, población 17 de septiembre, comuna de La Serena, la agrupación que integraban los acusados ya individualizada, mantenía en su poder, a fin de traficar, en el dormitorio del acusado Muñoz Galleguillos,
Fundamentos
motivos lógicos, pero si sabe que se aludía a droga porque “el Fiaca” era una de las personas que le guardaba droga a Muñoz Galleguillos. También recuerda audio 1011 de 10/09/2020, en el cual se capta conversación entre Muñoz Castillo y Vergara Castillo, en la que Muñoz llamó a Vergara para alertarlo, ya que en la Población andaba mucha “yuta” o “paco” por lo que le pide tenga cuidado, Vergara le dice que ya no tiene nada que está “pato” por lo que le pide si le pude ir a dejar, pero Muñoz le indica que en ese momento no era posible porque andaba mucha yuta, y que pasaría más tarde. Acto seguido, el Fiscal reproduce en la audiencia el audio 1011 de 10/09/20 a las 20:34:32 horas obtenido del teléfono N° 936759395 —N° 14 del auto de apertura del juicio oral— consultado sobre éste, el testigo señaló que cuando se habla de “Los Erasmos” es un clan familiar dedicado al tráfico de drogas, pero se utiliza como referencia en la Población 17 de septiembre para decir que la “yuta” andaba por ese sector. También recuerda el audio 1309 de 18/19/2020, entre Muñoz Galleguillos y Vergara Castillo, en el cual Vergara le señala a Muñoz que le habían reclamado unas personas porque la droga era de mala calidad, por lo que Muñoz le dijo que no se preocupara que habló con el proveedor y tenía solucionada la situación, y luego hablan de las ganancias de la actividad ilícita que realizaban. Acto seguido, el Fiscal reprodujo en la audiencia el audio 1309 de 18/09/20 a las 17:13:01 horas obtenido del teléfono N° 936759395 —N° 14 del auto de apertura del juicio oral— respecto del cual señaló que Muñoz le dice que no se preocupe que luego le van a llegar “cositas RXRDWPRDVN Carlos Andres Manque Tapia Juez oral en lo penal Fecha: 14/10/2021 16:53:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl P á g i n a | 33 baratas” lo que se refiere a que le llegará droga más barata por lo que podrán obtener más ganancias, que Muñoz le dice en broma a Vergara “ganai más que yo”; y que el término “balde de agua”, según su experticia, no sabe a qué se refiere. Finalmente, recuerda el audio 1327 de 19/09/2020, entre Muñoz y una mujer no identificada pero que posteriormente la mujer entrega el teléfono a Jonathan Vergara, en la que conversan porque hay una persona que quiere 50 lucas en droga, pero Vergara le dice que no tiene nada dosificado y que está durmiendo porque la noche anterior durmió toda la noche y le pide que lo deje descansar, Muñoz se enoja y le lanza un improperio y le corta la llamada. Acto seguido, el Fiscal reprodujo en la audiencia el audio 1327 de 19/09/20 a las 15:00:35 horas obtenido del teléfono N° 936759395
Fallo
por tanto, no estaban destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal y próximo en el tiempo. Por otro lado, su participación en el delito ha quedado suficientemente comprobada con los dichos de los funcionarios policiales Rivera San Martín, Astudillo Fernández y Villalobos Vicencio, en cuanto estos reconocieron a los acusados como las personas investigadas y dieron cuenta detallada tanto de la investigación previa, como de la diligencia de entrada y registro que culminó con la detención de los encausados. A mayor abundamiento, fueron los propios acusados, quienes, mediante su declaración, se situaron en el lugar y reconocieron como suya la droga hallada en sus respectivos domicilios, describieron la forma en que la adquirieron y cómo efectuaban la venta de estas sustancias a consumidores del sector. DÉCIMO SEXTO. Que, por otro lado, respecto del acusado Jonathan Vergara Castillo, con lo declarado en estrados por los testigos Rivera San Martín y Patricio Villalobos Vicencio, en relación con la prueba documental y pericial incorporada, se logró comprobar que en horas de la mañana del día 20 de noviembre de 2020, dicho acusado fue sorprendido por funcionarios de la unidad OS7 de Carabineros, poseyendo y guardando en su domicilio de pasaje Las Maravillas N° 242, población Juan XXIII, ciudad de La Serena, tres bolsas de nylon transparente contenedoras de 49,13 gramos netos de cocaína base y 5 envoltorios de papel blanco contenedores de 4,17 gramo
Texto Completo (Preview)
P á g i n a | 1 C/ Muñoz Galleguillos Johnny Rodrigo y otros. Tráfico de drogas RUC Nº 2.000.654.642-1 RIT Nº 105-2021 La Serena, catorce de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, entre los días cuatro a nueve de octubre de dos mil veintiuno, ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces María Inés Devoto
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