1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FIGUEROA/RECTICENTER SPA

Rol

O-7076-2020

Fecha

6 de abril de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos referidos en la demanda que son consistentes con la prueba que se aportó por la parte demandante conformada por la carta de despido y la liquidación de sueldo del mes de septiembre de 2020. En esa carta de despido en particular, se da cuenta que la parte demandada señala que el monto total de las indemnizaciones que le corresponden por el término de la relación laboral es la cantidad de $9.698.966; indemnización por años de servicio por la suma de $8.318.135.- y $1.380.831.- que corresponde al feriado legal y proporcional. Además dice que de la suma anterior se le aplicará el descuento de $ 1.685.436 por concepto aporte del empleador al fondo de cesantía. Como se desprende de lo que dispone la letra a) del artículo 169 del código del trabajo , esta comunicación a que se ha hecho referencia constituye una oferta irrevocable de pago de la indemnización por años de servicio y las demás prestaciones que ahí señala; por lo tanto cabía a la demandada demostrar haber realizado el señalado pago o alguna forma de extinción conforme a las reglas generales que prevé el artículo 1698 del código civil , sin que haya formulado tal alegación ni acreditado tal extinción por lo tanto debe ser condenada a las cantidades que por ese concepto ha sido formulada la demanda. Sin embargo no cabe lugar en esta sede acceder a la condena por cotizaciones en atención a que conforme se desprende de las disposiciones de la ley 17.322 en especial en los artículos 2 y siguientes y en los artículos 461 y 446 inciso final del código del trabajo solo tiene legitimidad para demandar el pago delas mismas las entidades de seguridad correspondientes quienes se pondrá en todo caso en conocimiento la presente sentencia para los efectos que corresponda. No existiendo más prueba que ponderar dado que la parte demandada fue sustancialmente vencida se le condenará en costas. Por lo anterior y las disposiciones contenidas en los artículos 453 y siguientes del código del trabajo, se declara que : I.

Fallo

se declara que : I. Se acoge la demanda y por lo tanto se condena a la demandada RECTICENTER S. p. A., RUT. 76.284.543 -1 a pagar a la parte demandante: a) $8.318.135.- por concepto de indemnización por años de servicio; b) $1.380.831.- por feriado legal y proporcional; lo anterior con los incrementos legales que prevé el artículo 173 del código del trabajo. II. Se ordena asimismo poner la presente sentencia en conocimiento de las entidades de seguridad social correspondiente para los fines a que haya lugar , se rechaza lo demás pedido en la misma demanda. III. se condena en costas a la parte demandada las que se regulan en la suma de $ 500.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad la presente sentencia Dirigió la audiencia don DANIEL JURICIC CERDA Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a seis de abril de dos mil veintiuno. REGISTRO DE AUDIO

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIADE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (AUDIENCIA REMOTA) FECHA 06/04/2021, Santiago RUC 20- 4-0305408-K RIT O-7076-2020 CARATULADO FIGUEROA/RECTICENTER SPA MAGISTRADO DANIEL JURICIC CERDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ailynne Esparza Romero HORA DE INICIO 09:00 HORA DE TERMINO 09:20 SALA Sala virtual 13 (3.1) Nº REGISTRO DE AUD

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