Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

GONZÁLEZ/ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD

Rol

O-327-2020

Fecha

6 de abril de 2021

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 20- 4-0283387-5; RIT N° O-327-2020; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Ordinario, como demandante don José Danilo González Vergara, chileno, cédula nacional de identidad número 14.335.572-2, domiciliado en Edificio Plaza Poniente, 1 Poniente 1258, oficina 801 de la comuna y ciudad de Talca, representado en juicio por el abogado don Valentín Reyes Bertolone y como demandado Asociación Chilena De Seguridad, RUT N° 70.360.100-6, representada para estos efectos por don Rafael Vergara Zerega, ambos con domicilio en calle 4 norte 1610 de la comuna y ciudad de Talca, la que habiendo sido notificada en actuación 11 de Agosto de 2020, no compareció a los actos de este procedimiento. Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 446, 453, 454, 456, 457 y 459, del Código del Trabajo, se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don José Danilo González Vergara, en contra de Asociación Chilena de Seguridad, y en consecuencia se declara: I.- Que el despido del actor ocurrido con fecha 19 de junio de 2020, por la causal de necesidades de la empresa es improcedente, debiendo la parte demandada pagar al actor, la suma de $2.626.679, por concepto del recargo legal del 30% por aplicación improcedente de la causal de necesidad de la empresa. II.- Se condena a la parte demandada al pago de la suma de $1.719.800, por concepto de reintegro de la suma indebidamente descontada de la indemnización por años de servicios por concepto a su vez del aporte del empleador al seguro de cesantía del trabajador- demandante. III.- Que las sumas indicadas precedentemente, tanto el recargo como la devolución respectiva de la indemnización por años de servicios, deberá ser pagada debidamente reajustadas y con los intereses a que se refiere el artículo 173 del Código del Trabajo. IV.- Que por haber sido completament

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 446, 453, 454, 456, 457 y 459, del Código del Trabajo, se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don José Danilo González Vergara, en contra de Asociación Chilena de Seguridad, y en consecuencia se declara: I.- Que el despido del actor ocurrido con fecha 19 de junio de 2020, por la causal de necesidades de la empresa es improcedente, debiendo la parte demandada pagar al actor, la suma de $2.626.679, por concepto del recargo legal del 30% por aplicación improcedente de la causal de necesidad de la empresa. II.- Se condena a la parte demandada al pago de la suma de $1.719.800, por concepto de reintegro de la suma indebidamente descontada de la indemnización por años de servicios por concepto a su vez del aporte del empleador al seguro de cesantía del trabajador- demandante. III.- Que las sumas indicadas precedentemente, tanto el recargo como la devolución respectiva de la indemnización por años de servicios, deberá ser pagada debidamente reajustadas y con los intereses a que se refiere el artículo 173 del Código del Trabajo. IV.- Que por haber sido completamente vencida la parte demandada, se le condena al pago de las costas de la causa, regulándose desde ya las personales en la suma de $350.000 Todas las partes quedan debidamente notificadas de lo resuelto en esta audiencia, desde esta fecha comienza a correr el plazo legal para impugnar la presente sentencia. El tr

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, 6 de Abril de 2021 TRIBUNAL Juzgado de Letras del Trabajo de Talca RUC 20-4-0283387-5 RIT O-327-2020 MAGISTRADO Jaime Alvaro Cruces Neira ACTA Sylvia Campos Valenzuela SALA 2 HORA DE INICIO 11:28 horas HORA DE TERMINO 11:48 horas N° REGISTRO DE AUDIO 20-4-0283387-5-1341 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE José

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