LÓPEZ/SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C.
Rol
M-80-2020
Fecha
7 de abril de 2021
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos planteados por la demandante, y teniendo presente la incomparecencia a esta audiencia, el tribunal acoge la solicitud de la demandante, y para todos los efectos legales, se tiene por reiterada la sentencia que esta misma magistrado a folio 14, acogía íntegramente las pretensiones de la demandante . · El Tribunal dicta sentencia a folio 14: VISTOS: Que, con los antecedentes acompañados por el demandante, sus pretensiones, en general, se encuentran debidamente fundadas, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por don (ña) DOMINIQUE ANDREA LOPEZ CORDOVA en contra de SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C, representada por JUAN CONTRERAS ASCUI, por lo que se declara que el despido de que fue objeto el actor ha sido nulo e injustificado y se dispone que el demandado deber pagarle las siguientes á prestaciones, más los correspondientes reajustes e intereses legales: a) Cotizaciones previsionales en la AFP MODELO cotizaciones salud en Fonasa y seguro de cesantía en A.F.C. Chile S.A., las cotizaciones de seguridad social que se devenguen desde la fecha del despido y hasta que la demandada dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 inciso 5º y siguientes del Código del Trabajo b) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido, hasta que se convalide en conformidad a la Ley, calculadas sobre la base de $418.415.- c) $418.415, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. d) $1.255.245, por concepto de indemnización por años de servicios. e) $627.622, por concepto de recargo legal del 50% de la indemnización anterior. f) $89.880, por concepto de feriado proporcional. Todo lo anterior con reajustes e intereses de conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por no existir aún controversia. Regístrese, anótese y en su oportunidad archívese. RIT M-80-2020 Los inter
Fallo
se resuelve: I.- Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por don (ña) DOMINIQUE ANDREA LOPEZ CORDOVA en contra de SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C, representada por JUAN CONTRERAS ASCUI, por lo que se declara que el despido de que fue objeto el actor ha sido nulo e injustificado y se dispone que el demandado deber pagarle las siguientes á prestaciones, más los correspondientes reajustes e intereses legales: a) Cotizaciones previsionales en la AFP MODELO cotizaciones salud en Fonasa y seguro de cesantía en A.F.C. Chile S.A., las cotizaciones de seguridad social que se devenguen desde la fecha del despido y hasta que la demandada dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 inciso 5º y siguientes del Código del Trabajo b) Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido, hasta que se convalide en conformidad a la Ley, calculadas sobre la base de $418.415.- c) $418.415, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. d) $1.255.245, por concepto de indemnización por años de servicios. e) $627.622, por concepto de recargo legal del 50% de la indemnización anterior. f) $89.880, por concepto de feriado proporcional. Todo lo anterior con reajustes e intereses de conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por no existir aún controversia. Regístrese, anótese y en su oportunidad archívese. RIT M-80-2020 Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictada
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 06/04/2021 RUC 20-4-0263674-3 RIT M-80-2020 MAGISTRADO ANDREA COPPA HERMOSILLA ADMINISTRATIVO DE ACTAS GABRIELA MORÁN PIZARRO HORA DE INICIO 12:09 HORAS HORA DE TERMINO 12:14 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0263674-3 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE DOMINIQUE ANDREA LÓPEZ CÓRDOVA ABOGADO GIANIN DANI
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