MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ IVÁN RICARDO RÍOS OLIVARES
Rol
O-349-2021
Fecha
13 de octubre de 2021
Materia
DISPAROS INJUSTIF VÍA PÚBLICA (ART. 14 D INC. FINAL), POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 23 de marzo de 2021, en horas de la tarde, el acusado concurrió hasta la cancha de fútbol llamada Escondida, ubicada en las inmediaciones de la intersección de calles Fresia Sagasca, en Antofagasta, en la que se desarrollaba un partido de fútbol amateur. El acusado concurrió portando un arma de fuego tipo pistola marca HS calibre 9 mms respecto de la cual no tiene permiso de porte en la vía pública o de tenencia y disparó en varias ocasiones. El día 25 de marzo de 2021, Carabineros de OS-9 de Carabineros autorizados judicialmente, ingresó al domicilio del acusado ubicado en calle Dagoberto Godoy N° 7363 en Antofagasta, y a su registro encontró una pistola marca HS calibre 9 mms, N° de serie H187139 con dos cargadores y 13 cartuchos balísticos calibre 9 mms, además de un cartucho calibre 12 marca Mirage, especies todas respecto de las cuales el acusado no tiene autorización para su porte o tenencia.” (sic) A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos, de los delitos de: 1.- Porte de arma de fuego, Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Redactor Fecha: 14/10/2021 15:59:16 MGWXWPFXXN Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 14/10/2021 16:27:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 previsto y sancionado por los arts. 9 y 2 b) de la ley 17.798; 2.- Disparar injustificadamente un arma de fuego en la vía pública, previsto y sancionado por el art., 14 d) de la ley 17.798; 3.- Tenencia ilegal de armas de fuego y municiones, previsto y sancionados por los arts. 9, en relación con los arts. 2b) y 2c) de la ley 17.798 y, 4.- Tenencia ilegal de municiones, previsto y sancio
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha ocho de octubre del año en curso, ante el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, integrado por las juezas Patricia Alvarado Padilla, quien presidió, Luz Oliva Chávez como integrante e Ingrid Castillo Fuenzalida, en calidad de redactora, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 349-2021, RUC 2100282667-1, seguida por los delitos consumados de porte de arma de fuego, previsto y sancionado en los artículos 9 y 2 b) de la Ley 17.798; disparar injustificadamente un arma de fuego en la vía pública, previsto y sancionado por el artículo 14 d) de la ley 17.798; tenencia ilegal de arma de fuego y de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9°, en relación con los artículos 2b) y 2c) de la Ley 17.798 y del delito de porte ilegal de municiones, en contra de IVAN RICARDO DIAZ OLIVARES, chileno, soltero, cédula nacional de identidad 16.703.445-4, 34 años de edad, nacido el 02 de marzo de 1987, conductor profesional, domiciliado en calle Dagoberto Godoy Nº7363, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto Patricio Martínez Felip, en tanto que la Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Redactor Fecha: 14/10/2021 15:59:16 MGWXWPFXXN Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 14/10/2021 16:27:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 defensa del imputado estuvo a cargo de los abogados particulares Marcelo Naranjo Márquez y Liset Barriga Brand, todos con domicilio y forma de notificación ya registrado en el sistema informático del tribunal. Se deja constancia que la audiencia de juicio se verificó a través de la plataforma zoom, modalidad semipresencial. SEGUNDO: Que la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de los hechos: “El día 23 de marzo de 2021, en horas de la tarde, el acusado concurrió hasta la cancha de fútbol llamada Escondida, ubicada en las inmediaciones de la intersección de calles Fresia Sagasca, en Antofagasta, en la que se desarrollaba un partido de fútbol amateur. El acusado concurrió portando un arma de fuego tipo pistola marca HS calibre 9 mms respecto de la cual no tiene permiso de porte en la vía pública o de tenencia y disparó en varias ocasiones. El día 25 de marzo de 2021, Carabineros de OS-9 de Carabineros autorizados judicialmente, ingresó al domicilio del acusado ubicado en calle Dagoberto Godoy N° 7363 en Antofagasta, y a su registro encontró una pistola marca HS calibre 9 mms, N° de serie H187139 con dos cargadores y 13 cartuchos balísticos calibre 9 mms, además de un cartucho calibre 12 marca Mirage, especies todas
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 21, 26, 30 31, 67 del Código Penal; 1, 4, 259, 295, 296, 297, 309, 319, 325, 338, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 347, 348 del Código Procesal Penal; artículos 2°, 9° y demás pertinentes de la Ley de Control de Armas N°17.798, SE DECLARA: I.- Se ABSUELVE al acusado IVAN RICARDO RIOS OLIVARES, ya individualizado, de los cargos como autor de los delitos de Porte de arma de fuego, previsto y sancionado por los artículos 9 y 2 b) de la Ley 17.798; disparar injustificadamente un arma de fuego en la vía pública, previsto y sancionado por el artículo 14 d) de la Ley 17.798; y tenencia ilegal de arma de fuego y de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9°, en relación con los artículos 2b) y 2c) de la Ley 17.798, que habría perpetrado en esta ciudad. II.- Se CONDENA al acusado IVAN RICARDO RIOS OLIVARES, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS (541) Ingrid Tatiana Castillo Fuenzalida Juez Redactor Fecha: 14/10/2021 15:59:16 MGWXWPFXXN Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 14/10/2021 16:27:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación co
Texto Completo (Preview)
1 RUC : 2100282667-1 RIT : 349-2021 IMPUTADO : IVAN RIOS OLIVARES DELITO : PORTE ILEGAL DE MUNICIONES (cond) y (absol.) FISCAL : PATRICIO MARTINEZ FELIP DEFENSOR PART : MARCELO NARANJO MARQUEZ y otra. Antofagasta, trece de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha ocho de octubre del año en curso, ante el Tribunal Oral en lo Penal de esta ciudad, integrado
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica