MP C/ NICOLÁS ANDRÉS ZAMORANO GONZÁLEZ
Rol
O-190-2020
Fecha
13 de octubre de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 21 de mayo de 2019, alrededor de las 03:30 de la madrugada, los imputados NICOLAS ANDRES ZAMORANO GONZALEZ y CRISTOPHER IGNACIO ZAMORANO GONZALEZ, llegaron hasta el inmueble ubicado en las Torres N° 419, comuna de Mostazal, de propiedad de la víctima de iniciales K.F.G.Z, una vez en dicho lugar procedieron a intimidar con un arma de fuego a la víctima y a su hija de iniciales C.M.V.G, para luego amarrarlas a las dos de pies y manos en una de las habitaciones del inmueble. Acto seguido los imputados procedieron a sustraer diferentes especies entre ellas 5 teléfonos celulares, dos perros, joyas y dinero en efectivo, para luego huir del lugar con las especies en su poder. Procedimiento Abreviado: Graneros, trece de octubre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a NICOLÁS ANDRÉS ZAMORANO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0019278585-5, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo con intimidacion., hecho cometido en el día de 21 de mayo de 2019 en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de Rancagua con fecha máxima el 29 de octubre de 2021 entre las 09:00 a 12:00 horas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, solo para efectos laborales. IV.- Que
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a NICOLÁS ANDRÉS ZAMORANO GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 0019278585-5, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo con intimidacion., hecho cometido en el día de 21 de mayo de 2019 en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de Rancagua con fecha máxima el 29 de octubre de 2021 entre las 09:00 a 12:00 horas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, solo para efectos laborales. IV.- Que el sentenciado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 ter de la Ley 18.216, letra: b) Prohibición de aproximarse a la víctima, o a sus familiares u otras personas que determine el tribunal, o de comunicarse con ellos; c) Obligación de cumplir programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares. V.- Teniendo presente que el
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Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA trece de octubre de dos mil veintiuno Ruc: 1900540472-2 Rit: 190 - 2020 Hora Inicio: 11:50 Hora Término: 12:12 Juez: FRANCISCO CERDA PEREZ Tipo de Audiencia: procedimiento abreviado Delito: Robo con intimidacion. Imputado: NICOLÁS ANDRÉS ZAMORANO GONZÁLEZ C.I. N° 001927
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