PIERRE/INVERSIONES ENEX S.A.
Rol
O-4602-2020
Fecha
6 de abril de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado don Matías Horacio Novoa Carbone, domiciliado en Morandé 835, of. 1410, comuna de Santiago, en representación de doña PAULETTE PIERRE, de nacionalidad haitiana, empleada y con su mismo domicilio, quien interpone demanda en procedimiento en aplicación general por despido injustificado en contra de su ex empleadora INVERSIONES ENEX S.A., del giro de su denominación, representada por doña Sofía Moren Contreras, con domicilio en Avda. Camino a Rinconada Nº 1266, comuna de Maipú, solicitando el pago de indemnizaciones y recargo legal que indica. Funda su demanda en que su representada ingresó a prestar servicios para la empresa demandada con fecha 1º de diciembre de 2016, para cumplir con la función de vendedora de combustible (atendedora), en la Estación de Servicios Shell, ubicada en Avenida Camino a Rinconada Nº 1266, comuna de Maipú, percibiendo a la época de terminación de sus servicios una remuneración mensual que ascendía a la suma de $669.015. Expone que su representada fue despedida en forma injustificada, el día 05 de junio de 2020, invocando la demandada la causal establecida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, a saber, "incumplimiento grave de las obligaciones contractuales”, transcribiendo el texto íntegro de la carta de despido en el libelo, alegando que resulta totalmente llamativo que es la propia carta de aviso de término de contrato la que reconoce que los hechos ni siquiera han sido debidamente acreditados, según requiere el sistema de terminación del contrato de trabajo regulado en el Código del Trabajo. En efecto, la empresa indica que “por razones que se desconocen y que está siendo materia de investigación interna…”. Así, desde ya se resta absoluta seriedad al relato contenido en la misiva de despido, siendo meras apreciaciones carentes de todo sustento fáctico y que sólo buscaban exonerar a la actora sin importar un coste económico, más cuando a la fecha del cese de los servicios, tenía una an
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7, 160, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que, SE ACOGE, la demanda deducida por el abogado don Matías Horacio Novoa Carbone, en representación de doña PAULETTE PIERRE, en contra de su ex empleadora INVERSIONES ENEX S.A., sólo en cuanto, se declara injustificado el despido de que fue objeto la parte demandante con fecha 05 de junio de 2020 y, en consecuencia, se condena a la empresa demandada a pagar a la actora las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $602.414. b) Indemnización por años de servicios por la suma de $2.409.656, recargada en un 80% de conformidad a lo establecido en el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo en la suma de $1.927.725. II.- Que las sumas ordenadas pagar en forma precedente, deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, se rechaza, en lo demás, el libelo. IV.- Que no se condena en costas a la demandada, teniendo presente que no fue condenada totalmente. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día hábil, de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese y comuníquese. RIT Nº O-4602-2020 RUC Nº 20-4-0283491-K Dictada por doña Andrea
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Santiago, seis de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado don Matías Horacio Novoa Carbone, domiciliado en Morandé 835, of. 1410, comuna de Santiago, en representación de doña PAULETTE PIERRE, de nacionalidad haitiana, empleada y con su mismo domicilio, quien interpone demanda en procedimiento en aplicación general por despido injustificado en contra de su ex emplead
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