LUIS EDUARDO RODRIGUEZ SILVA C/ MAURICIO DAVID ESPINOZA ALIAGA
Rol
O-1717-2021
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 15 de mayo de 2021 alrededor de las 22:10 horas el requerido MAURICIO DAVID ESPINOZA ALIAGA, conducía por la vía pública, esto es por la Ruta S-60 de la Comuna de Freire bajo la influencia del alcohol el automóvil marca Nissan, modelo Tiida, color blanco, Placa Patente Única CVTK.66, y a la altura del Km. 6 de la citada ruta, Comuna de Freire a raíz de su estado etílico y que no iba atento a las condiciones del tránsito pierde el control del vehículo, colisionando contra una señalética, existente en el lugar, para luego volcar cayendo a un canal ubicado al costado de la ruta. Hasta el lugar concurrió personal de Carabineros, quienes se percataron del estado etílico del imputado, siendo sometido a la prueba de Intoxilyzer, la que arrojó como resultado 0,33 gramos por mil de alcohol en el cuerpo. Se trasladó a Mauricio Espinoza Aliaga, hasta el Hospital de Pitrufquén con el objeto que se le realizara la alcoholemia de rigor. Posteriormente el Informe de alcoholemia practicado al requerido arrojó que este presentaba 0.53 gramos por mil de alcohol en la sangre. El requerido MAURICIO DAVID ESPINOZA ALIAGA conducía el vehículo sin haber obtenido licencia de conducir.” II. La fiscalía representada por la Fiscal Adjunta Sra. PAOLA VARELA SPULER, tuvo los hechos como una FALTA PENAL CONSUMADA DE CONDUCIR BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, descrita y sancionada, en los artículos 193 inciso primero de la Ley de Tránsito N° SXHTWXLWBP Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 18:27:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUÉN JUZGADO
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393, y 398 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 70, del Código Penal y 193 y siguientes de la ley 18.290, SE RESUELVE: I. Que se condena a MAURICIO DAVID ESPINOZA ALIAGA, RUN 16.678.310-0, a la pena de MULTA ASCENDENTE A MEDIA (1/2) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y TRES MESES DE SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR, como AUTOR de un FALTA PENAL CONSUMADA DE CONDUCIR BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, infracción al artículo 193 de la Ley 18.290, cometida en esta jurisdicción el 15 de mayo de 2021. II. Que, la multa impuesta deberá ser pagada en pesos en el equivalente que tenga la respectiva unidad tributaria mensual al momento de su pago SXHTWXLWBP Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 18:27:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUÉN JUZGADO DE GARANTÍA DE PITRUFQUÉN mediante depósito directo en Tesorería General de la Republica, autorizándose al sentenciado a pagarla hasta el 30 de diciembre del añ
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PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUÉN JUZGADO DE GARANTÍA DE PITRUFQUÉN SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, doce de octubre de dos mil veintiuno.- I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MAURICIO DAVID ESPINOZA ALIAGA, RUN 16.678.310-0, empleado, domiciliado en Ruta S-60 KM. 9.5, de la comuna de Freire, asistido por el abogado defensor penal Sr. JUAN
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