C/ GONZALO FABIÁN ARAVENA CÓRDOVA
Rol
O-5154-2021
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º Que en la audiencia de control de detención celebrada el día de hoy, ante este Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en presencia de la Sra. Fiscal Adjunto doña Débora Quintana, quien requirió verbalmente en procedimiento simplificado a GONZALO FABIÁN ARAVENA CÓRDOVA, 31 años de edad, nacido el 20 de diciembre de 1989, comerciante, soltero, cédula de identidad N° 17544517-K, domiciliado en Pasaje Doce Sur N°3363, comuna de Pedro Aguirre Cerda, por el siguiente hecho: Que el día 11 de octubre de 2021, a las 18:25 horas, en la intersección de calle Federico Reich con coronel Souper en la comuna de Estación central, el imputado fue sorprendido por personal carabineros de chile, portando entre sus vestimentas un cuchillo carnicero de 34 cms de total de largo, con 21 cms de hoja y 13 cms de empuñadura aproximadamente, sin justificar razonablemente su porte. A juicio del Ministerio Público, los hechos, antes descritos, son constitutivos del delito de porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de desarrollo consumado y se le atribuye una participación en calidad de autor. En razón de la admisión de responsabilidad efectuada por el requerido la Sra. Fiscal solicitó se le imponga la pena de multa ascendente a dos de unidades tributarias mensuales, comiso del arma, sin costas de la causa. 2° Que luego de advertir al requerido de todos los derechos que le asisten, en especial de su derecho a la realización de un juicio oral, éste decidió admitir su responsabilidad en la presente audiencia, tomando conocimiento de los antecedentes reunidos en el curso de la investigación, señalados por la señora Fiscal como elementos de cargo que fundan la imputación, consistentes en la especies en: 1.- Parte policial. 2. -Declaración de funcionario aprehensor Katherine Díaz Díaz. 3.- -Declaración de funcionario Jonathan Muñoz Duarte. 4.- Acta de incautación de especies. 5.- Set fotográfico de las vestimentas del imputado y del arma blanca. 6.- Prueba material, el cuchillo incautado. 7.- Extracto de filiación y antecedentes del requerido, con anotaciones previas. 3º Que los elementos de cargo previamente referidos, valorados por el Tribunal con libertad, a la luz de lo que dispone el artículo 297 del Código Procesal Penal, tienen el mérito suficiente para tener por probado los hechos ya indicados, en el motivo primero, el cual es constitutivos del delito de porte de arma punzante o cortante, previsto y sancionado en el artículos 288 bis del Código Penal, en grado QBZHWXXCQX ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 17:34:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas.
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a GONZALO FABIÁN ARAVENA CÓRDOVA, ya individualizado, a la pena única de multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor del delito de porte de arma cortante o punzante y como autor de la falta de ofensas al pudor, hechos consumados, perpetrados en esta ciudad el día 11 de octubre de 2021. II.- Que la pena de multa, previamente impuesta conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, se le tiene por cumplida con el tiempo de privación de libertad, ya sufrido entre los días 11 y 12 de octubre de 2021. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas en razón de que por su disposición se ha evitado la realización de un juicio. IV.- Que se decreta el comiso de la especie incautada, la que deberá ser remitida a los Arsenales de Guerra para su fundición. QBZHWXXCQX ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 17:34:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Regístrese y teniendo en consideración que los intervinientes han renunciado a los recursos legales para recurrir en su contra en la audiencia de rig
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Santiago, doce de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: 1º Que en la audiencia de control de detención celebrada el día de hoy, ante este Sexto Juzgado de Garantía de Santiago en presencia de la Sra. Fiscal Adjunto doña Débora Quintana, quien requirió verbalmente en procedimiento simplificado a GONZALO FABIÁN ARAVENA CÓRDOVA, 31 años de edad, nacido el 20 de diciembre de 1989, come
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