Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ ARIEL ELVIS MAMANI PARDO

Rol

O-2685-2021

Fecha

8 de octubre de 2021

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS “El día 08 de octubre de 2021, siendo las 02:55 horas aproximadamente de la madrugada, y en circunstancias que el personal de Carabineros realizadas labor de fiscalización en la ruta 15CH a la altura del kilómetro 161 de la comuna de Colchane, fiscalizó al imputado Ariel Elvis Mamani Pardo, quien se desplazaba como conductor en un minibús, placa patente FBTX-60 Marca mercedes Benz, modelo sprinter 515, año 2013, de color blanco, y en razón que dicho vehículo requiere licencia profesional para su conducción, atendido al número de asientos que mantiene, se les solicitó al imputado que exhibiera la licencia profesional respectiva, señalando éste que no mantenía licencia profesional, exhibiendo solo licencia clase B que no lo habilitaba para la conducción de este vehículo, razón por el cual fue detenido. “ Pozo Almonte, ocho de octubre de dos mil veintiuno. Vistos y

Fundamentos

considerando:

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a ARIEL ELVIS MAMANI PARDO, cédula de identidad 0019182313-3, nacionalidad chilena, domiciliado en Avenida RICARDO LAGOS Nº 4544 comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LICENCIA DEBIDA previsto y sancionado en el artículo 194 de la Ley N° 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 08 de octubre 2021, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 Presidio menor en su grado mínimo - Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión Condicional 1 año CRS Alto Hospicio Observación: a) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, esto es CRS de Alto Hospicio, por el lapso de 1 AÑO, debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. b) El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social DVXXWXBHGP Carlos Sebastian Campos Calderon Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 18:49:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada c

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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