Juzgado de Garantía de Coquimbo.

M.P.COQBO C/ JOSTIN ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS

Rol

O-6556-2020

Fecha

12 de octubre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50)., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 26 de septiembre de 2020, a las 16:30 horas aproximadamente, el imputado JOSTIN MARTINEZ ROJAS fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, transitando en calle Narciso Herrera a la altura del 3801, Coquimbo, Portando 1 bolsa contenedora de 8 gramos 900 miligramos de marihuana para su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, y además tenía en su poder una cortapluma, sin justificar razonablemente su porte. Coquimbo, doce de octubre de dos mil veintiuno. Los

Fundamentos

fundamentos de la sentencia quedan registrados en audio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 del Código Procesal Penal. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 70 y 288 bis del Código Penal; artículo 50 Ley 20.000; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se resuelve: I.- Que, se condena al imputado JOSTIN ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS, cedula de identidad N° 19.257.480-3, ya individualizado, a la pena de multa de 1/3 de UTM, en su calidad de autor de la falta consumada del artículo 50 de la Ley 20.000. II.- Que respecto a la falta del artículo 50 de la Ley 20.000 dándose los presupuestos del artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la imposición de la pena y sus efectos por el plazo de 6 meses. Una vez transcurrido el plazo de 6 meses sin que haya sido objeto de requerimiento o formalización se decretará el sobreseimiento definitivo. III.- Que, se condena al imputado JOSTIN ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS, cedula de identidad N° 19.257.480-3, ya individualizado, a la pena de multa de 1/3 de UTM y al comiso del arma blanca incautada, en su calidad de autor del delito consumado de porte ilegal de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal. IV.- Que la pena de multa por el delito del artículo 288 bis del Código Penal se da por cumplida considerando el día que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa. V.- Que, se exime al sentenciado el pago de las costas. CLMJWXKMEX Nury del Carmen Benavides Retamal Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 16:50:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en

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HECHOS: El día 26 de septiembre de 2020, a las 16:30 horas aproximadamente, el imputado JOSTIN MARTINEZ ROJAS fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, transitando en calle Narciso Herrera a la altura del 3801, Coquimbo, Portando 1 bolsa contenedora de 8 gramos 900 miligramos de marihuana para su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, y además tenía en su poder una cortapluma,

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