JOSÉ SEGUNDO MATELUNA GÓMEZ C/ ANTONIETA DEL ROSARIO CARO GUERRERO
Rol
O-318-2021
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
CALUMNIA (ACCION PRIVADA).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la querella impetrado por querellante particular JOSE SEGUNDO MATELUNA GOMEZ en contra de ANTONIETA DEL ROSARIO CARO GUERRERO, CI 9532566-1, domiciliada en Sector POB. MANUEL RODRIGUEZ ANDRES BELLO Nº 777, Limache. La parte querellante fue representada por el abogado CLARK CONTRERAS COLLAO. La parte querellada fue representada por el abogado JAVIER GUTIERREZ OPAZO. SEGUNDO: Que en esta causa se han ventilado hechos que afectarían la intimidad de una niña menor de edad, por ello, y afectos de salvaguardar su intimidad, en esta sentencia, las referencias a sus nombres y apellidos se harán por sus iniciales: I. A. J. C. TERCERO: La querella objeto del juicio fue la siguiente: Con fecha 13 de octubre del año 2019, en el domicilio antes señalado, se me acercó la madre de mi hijo y ahora ex conviviente Joselyn Cerda, y me dijo que su madre, doña Antonieta Del Rosario CARO GUERRERO querellada de autos, le había dicho que ella “me había visto tocándole los senos a su hija I. A. J. C. en la casa de ella, mientras la menor estaba sentada en el comedor usando su Nintendo”. Obviamente negué enfáticamente dicha grave y calumniosa imputación, solicitándole a Joselyn Cerda que fuéramos a conversar inmediatamente con su madre y así aclarar la situación, cosa que en el mismo momento ingresamos al dormitorio de la madre, donde Jocelyn le pide que repita todo lo que le cuenta a ella delante de mí, a fin de aclarar esta gravísima imputación, y ella persistió con esta acusación y al preguntarle ¿si ella vio lo que supuestamente yo le estaba realizando a la niña? Y, ¿por qué cuando lo vio, no hizo nada para impedirlo? dando como respuesta: es que yo quería saber hasta qué punto tu llegabas. Le dije a mi ex pareja y madre de la menor – después de abandonar voluntariamente el hogar que compartíamos- que buscara alguna asesoría profesional y le realizara algún tratamiento sicológico para confirmar o descartar si la menor había sido o no víctima de algún abuso del
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día siete de octubre de 2021 ante este Juzgado de Garantía de Limache, en audiencia dirigida por el Juez Titular Sergio Brustavo Martínez, se celebró la audiencia de juicio oral en acción penal privada, de la causa RUC 2110010349-1 RIT 318-2021, que tuvo por objeto conocer y juzgar los hechos contenidos en la querella impetrado por querellante particular JOSE SEGUNDO MATELUNA GOMEZ en contra de ANTONIETA DEL ROSARIO CARO GUERRERO, CI 9532566-1, domiciliada en Sector POB. MANUEL RODRIGUEZ ANDRES BELLO Nº 777, Limache. La parte querellante fue representada por el abogado CLARK CONTRERAS COLLAO. La parte querellada fue representada por el abogado JAVIER GUTIERREZ OPAZO. SEGUNDO: Que en esta causa se han ventilado hechos que afectarían la intimidad de una niña menor de edad, por ello, y afectos de salvaguardar su intimidad, en esta sentencia, las referencias a sus nombres y apellidos se harán por sus iniciales: I. A. J. C. TERCERO: La querella objeto del juicio fue la siguiente: Con fecha 13 de octubre del año 2019, en el domicilio antes señalado, se me acercó la madre de mi hijo y ahora ex conviviente Joselyn Cerda, y me dijo que su madre, doña Antonieta Del Rosario CARO GUERRERO querellada de autos, le había dicho que ella “me había visto tocándole los senos a su hija I. A. J. C. en la casa de ella, mientras la menor estaba sentada en el comedor usando su Nintendo”. Obviamente negué enfáticamente dicha grave y calumniosa imputación, solicitándole a Joselyn Cerda que fuéramos a conversar inmediatamente con su madre y así aclarar la situación, cosa que en el mismo momento ingresamos al dormitorio de la madre, donde Jocelyn le pide que repita todo lo que le cuenta a ella delante de mí, a fin de aclarar esta gravísima imputación, y ella persistió con esta acusación y al preguntarle ¿si ella vio lo que supuestamente yo le estaba realizando a la niña? Y, ¿por qué cuando lo vio, no hizo nada para impedirlo? dando como respuesta: es que yo quería saber hasta qué punto tu llegabas. Le dije a mi ex pareja y madre de la menor – después de abandonar voluntariamente el hogar que compartíamos- que buscara alguna asesoría profesional y le realizara algún tratamiento sicológico para confirmar o descartar si la menor había sido o no víctima de algún abuso del tipo sexual, como lo imputó la querellada, cuestión que finalmente se concretó, cuando una sicóloga (los datos de ella los posee mi ex pareja), quien certificó que la menor, no había sido sujeto de ningún tipo de abuso ni menos de carácter sexual. Una vez obtenido el resultado de todas las sesiones, Jocelyn le pregunta directamente a I. A. J. C. si es verdad lo que dijo su abuela del supuesto abuso, la respuesta de la menor fue: ¿qué? ¿como mi yaya puede estar diciendo eso si a mí el José nunca me ha hecho nada? QRHGWXQECM Sergio Antonio Brustavo MartÍnez Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 13:54:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HT
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3 y 462 del Código Penal; y artículos 4, 47, 295 a 297 y 340 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se ABSUELVE a ANTONIETA DEL ROSARIO CARO GUERRERO, de los cargos de ser presunta autora del delito de CALUMNIAS, cargos formulados en querella deducida en su contra por JOSE SEGUNDO MATELUNA GOMEZ. II.- Que se condena en costas al querellante por no haber tenido motivo plausible para litigar. En su oportunidad, dese cumplimiento al 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. RUC 2110010349-1 RIT 318 – 2021 Dictada por don Sergio Brustavo Martínez el Juez de Garantía de Limache. QRHGWXQECM Sergio Antonio Brustavo MartÍnez Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 13:54:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-10-12T12:52:54-0400 Corte Suprema Sergio Antonio Brustavo MartÍnez Verificación Legal
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1 Limache, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día siete de octubre de 2021 ante este Juzgado de Garantía de Limache, en audiencia dirigida por el Juez Titular Sergio Brustavo Martínez, se celebró la audiencia de juicio oral en acción penal privada, de la causa RUC 2110010349-1 RIT 318-2021, que tuvo por objeto conocer y juzgar los hechos contenidos e
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