FISCALIA IQUIQUE C/ JOEL LORENZO BUGUEÑO AHUMADA
Rol
O-345-2021
Fecha
9 de octubre de 2021
Materia
OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Los días cinco y seis de octubre del año en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Felipe Ortiz de Zárate Fernández, Francisco Berrios Veloso y Camila Suazo Cobos (S), se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº345-2021, seguidos por el Ministerio Público en contra de JOEL LORENZO BUGUEÑO AHUMADA, cédula de identidad N°16.350.602-5, chileno, nacido en Iquique, el día 9 de julio 1986, 35 años, educación media completa, casado, domicilio ubicado en Calle Las Cabras N°7, población El Colorado, Iquique. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado en audiencia por el fiscal JUAN VALDES JERIA y por la parte querellante doña PAOLA JORQUERA LOPEZ. El acusado fue representado por el abogado don CLAUDIO ROE ALVAREZ y Gabriela Alcota. PRIMERO: Acusación. Que la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento el siguiente presupuesto fáctico, el cual se transcribe en forma literal: El día 19 de octubre de 2020 a partir de las 21:00 horas, funcionarios de carabineros quienes se encontraban monitoreando por cámaras de vigilancia las inmediaciones del sector El Colorado y Barrio Industrial de Iquique por los desórdenes que se habían cometido en el sector en los días previos, se percataron que el imputado JOEL LORENZO BUGUEÑO AHUMADA, concurrió a una multicancha ubicada en el sector, entre las intersecciones de calles Las Cabras y El Colorado de Iquique, llevando consigo una caja de cartón desde las que comenzó a sacar botellas de vidrio, a las cuales comenzó a llenar con un elemento líquido en la cual se detectaron hidrocarburos aromáticos y alifáticos de cadena larga derivados del petróleo y con la asistencia de un segundo sujeto, les ponía trozos de tela en su parte superior, confeccionando y manteniendo así consigo la cantidad total de 15 botellas de vidrio, con un contenido combustible en su interior y un trozo de tela en su parte superior que servía com
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº6 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 29, 31 68, 69 y 74, del Código Penal; artículos 1, 10, 15, 17 B de la Ley 17.798, artículo 593 del Código Orgánico de Tribunales, artículos 45, 47, 295, 296, 297, 325 a 338, 340, 348 y 468 del Código Procesal Penal; y artículos 1 y siguientes de la ley 18.216, SE RESUELVE: 1.- Que se condena a JOEL LORENZO BUGUEÑO AHUMADA, ya individualizado, a cumplir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo como autor de un delito de elaboración de elementos incendiarios previsto y sancionado en el artículo 10 de la Ley N°17.798, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por los hechos ocurridos en esta jurisdicción el día 19 de octubre de 2020, sin costas. 2.- No reuniéndose en la especie los requisitos de la Ley 18.216, el sentenciado deberá cumplir la pena de manera efectiva. Abónese el tiempo en que ha permanecido privado de libertad en la presente causa, esto es, desde el día 20 de octubre del año 2020 de forma ininterrumpida a la fecha, según emana de la respectiva resolución de apertura de juicio oral. 3.- Se ordena el comiso de las especies incautadas en virtud de lo dispuesto en el articulo 31 del Código Penal y 15 de la Ley N°17.798. Ofíciese en su oportunidad a los organismos que correspondan para hacer cumplir
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C/ JOEL LORENZO BUGUEÑO AHUMADA DELITO: ELABORACION DE ELEMENTO INCENDIARIO (ART.10 Ley 17.798) RUC: 2001066440-4 RIT: 345 - 2021 Iquique, nueve de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS Los días cinco y seis de octubre del año en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Felipe Ortiz de Zárate Fernández, Francisco Berrios Veloso y Camila Sua
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