MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCISCO BENJAMÍN SÁNCHEZ VIELMA
Rol
O-640-2020
Fecha
8 de octubre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 25 de marzo de 2020, aproximadamente a las 23:00 horas, el acusado FRANCISCO BENJAMIN SANCHEZ VIELMA concurrió al inmueble ubicado en calle Alejandro Larenas Nº 132, de la comuna de Renaico, de propiedad y habitado por la víctima LIDIA DEL PILAR CABEZAS ROJAS y su grupo familiar. El acusado ingresó hasta el interior del patio de la propiedad mediante escalamiento del cerco perimetral del frontis del inmueble, y procedió a sustraer contra la voluntad de la víctima un cilindro de gas de 11 Kg, marca Gasco color blanco, para lo cual incluso debió sacar previamente la conexión de la válvula reguladora de paso de gas a la cual se encontraba conectado dicho cilindro, siendo sorprendido en momentos que intentaba apropiarse del mismo y huir del lugar con la especie en su poder, lo cual no consiguió por la acción de los propios moradores del inmueble, quienes lo detuvieron dentro de la propiedad.” CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS: Que, los hechos MTMRWXQXGM Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 14:08:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl anteriormente descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de ROBO EN DEPENDENCIAS DE LUGAR HABITADO, previsto y sancionado por el artículo 440 N° 1 en relación al artículo 432 del Código Penal, atribuyéndosele al acusado participación en calidad de autor directo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 14 y 15 N° 1 del Código Penal y en grado de desarrollo de consumado. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL: Agrega el Fiscal en su acusación que, beneficia al acusado la circu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante este Juzgado de Garantía de Angol, en causa en investigación RUC 2000322901-8, RIT 640 - 2020, el Fiscal del Ministerio Público Luis Espinoza, dedujo acusación en contra de FRANCISCO BENJAMÍN SÁNCHEZ VIELMA, cédula nacional de identidad Nº 18.644.936-3, ignora profesión u oficio, domiciliado en sector Línea Férrea, frente al Liceo Industrial S/N, comuna de Angol, quién fue asistido en estrados por la Defensora Penal Pública Gloria Castro. SEGUNDO: Acusación. Que, el Ministerio Público, habiendo declarado cerrada la investigación y de conformidad con el artículo 259 y 407 del Código Procesal Penal, formula acusación en contra de FRANCISCO BENJAMÍN SÁNCHEZ VIELMA, basado en los siguientes hechos: “El día 25 de marzo de 2020, aproximadamente a las 23:00 horas, el acusado FRANCISCO BENJAMIN SANCHEZ VIELMA concurrió al inmueble ubicado en calle Alejandro Larenas Nº 132, de la comuna de Renaico, de propiedad y habitado por la víctima LIDIA DEL PILAR CABEZAS ROJAS y su grupo familiar. El acusado ingresó hasta el interior del patio de la propiedad mediante escalamiento del cerco perimetral del frontis del inmueble, y procedió a sustraer contra la voluntad de la víctima un cilindro de gas de 11 Kg, marca Gasco color blanco, para lo cual incluso debió sacar previamente la conexión de la válvula reguladora de paso de gas a la cual se encontraba conectado dicho cilindro, siendo sorprendido en momentos que intentaba apropiarse del mismo y huir del lugar con la especie en su poder, lo cual no consiguió por la acción de los propios moradores del inmueble, quienes lo detuvieron dentro de la propiedad.” CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS: Que, los hechos MTMRWXQXGM Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 14:08:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl anteriormente descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de ROBO EN DEPENDENCIAS DE LUGAR HABITADO, previsto y sancionado por el artículo 440 N° 1 en relación al artículo 432 del Código Penal, atribuyéndosele al acusado participación en calidad de autor directo, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 14 y 15 N° 1 del Código Penal y en grado de desarrollo de consumado. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL: Agrega el Fiscal en su acusación que, beneficia al acusado la circunstancia minorante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, por su irreprochable conducta anterior. PENA SOLICITADA: En cuanto a la pena asignada por la ley al delito, considerando la naturaleza jurídica del ilícito que se investigan, grado de desarrollo,
Fallo
por lo expuesto, el tribunal reconocerá las circunstancias modificatorias de responsabilidad invocadas a favor del acusado. DÉCIMO: Consideraciones para imponer la pena. Que al determinar el grado de penalidad aplicable a los hechos de marras, prima facie, debe tenerse en vista que la pena asignada al delito de delito de robo en dependencias de lugar destinado a la habitación, del artículo 440 N°1 en relación con el artículo 432 del Código Penal, es de presidio mayor en su grado mínimo. Ahora bien, para efectos de la aplicación del procedimiento abreviado, el Fiscal hizo uso de la facultad establecida en el artículo 407 inciso cuarto del Código Procesal Penal en relación MTMRWXQXGM Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 12/10/2021 14:08:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl con el artículo 449 del Código Penal, por lo que ha solicitado la pena rebajada en un grado desde el mínimo señalado por ley, lo que se ajusta a las normas citadas. En consecuencia, concurriendo respecto del acusado dos circunstancias atenuantes y ninguna agravante de responsabilidad penal, en conformidad al artículo
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RUC : 2000322901-8 RIT : 640 - 2020 MATERIA : ROBO EN LUGAR HABITADO IMPUTADO : FRANCISCO BENJAMÍN SÁNCHEZ VIELMA. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO. Angol, ocho de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS, ODÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante este Juzgado de Garantía de Angol, en causa en investigación RUC 2000322901-8, RIT 640 - 2020
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