Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen.

MP C/ JORGE GUILLERMO OLMEDO MURILLO

Rol

O-230-2021

Fecha

8 de octubre de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO LOS ANTECEDENTES Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que ante este Juzgado de Letras y Garantía de Aysén en causa RUC 2100168550-0- RIT 230-2021, el señor Fiscal Adjunto del Ministerio Público de esta comuna don AQUILES ENRIQUE CUBILLOS CUBILLOS, con domicilio y forma de notificación registrado en este tribunal, con fecha 9 de julio de 2021 presentó acusación en contra de JORGE GUILLERMO OLMEDO MURILLO, cédula de identidad 16.196.308-9, con domicilio en calle Ramírez N°1675, Puerto Aysén, representado por el Abogado Defensor Penal Público don ROBERTO CESAR SILVA JARA, en virtud de los siguientes hechos El día 21 de febrero de 2021 a las 22:37 horas aproximadamente el acusado JORGE GUILLERMO OLMEDO MURILLO, conducía el vehículo marca Suzuki, placa patente única FPHS-75, siendo fiscalizado por funcionarios de carabineros en la intersección de las calles Eleuterio Ramírez con Ignacio Carrera Pinto de la comuna de Puerto Aysén, percatándose estos al solicitar su licencia de conducir del estado etílico en que se encontraba el imputado, ello básicamente por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, entre otros signos físicos, como también del hecho de que el imputado carecía de una licencia de conducir que lo habilitara para manejar vehículos motorizados, toda vez que se encontraba suspendida mediante resolución de fecha 10 de septiembre de 2019 en causa RIT 846-2019 del Tribunal de Garantía de Coyhaique en la cual el imputado fue condenado a la suspensión de la licencia de conducir por cinco años, siendo posteriormente trasladado al Hospital local donde se obtuvo muestra de sangre para la realización de la alcoholemia, la que arrojó un resultado de 1,88 g/lt según el informe de alcoholemia, elaborado por el Servicio Médico Legal. A juicio del Ministerio Público los hechos precedentemente descritos configuran el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CALIFICADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al 110 y 209 de la Ley 18.290. Se l

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos°, 11 N°9, 14, 15 N° 1, 18, 24, 26, 29, 31, 50, 68. 70 todos del Código Penal; artículos 1°, 2º, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 323, 325 a 338, 340, 341, 342 y 344 del Código Procesal Penal; artículos 110, 196 y 209 de la Ley 18.290. SE DECLARA: HXCBWNGGZY Carolina Waleska Martinez Navarrete Juez de garantía Fecha: 08/10/2021 14:03:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que se condena a JORGE GUILLERMO OLMEDO MURILLO, cédula de identidad 16.196.308-9, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de 2 UTM y cancelación de la licencia de conducir como autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CALIFICADO, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al 110 y 209 de la Ley 18.290, ocurrido en Puerto Aysén el día 21 de febrero de 2021. II.- Que la pena corporal deberá ser cumplida en forma efectiva en el CDP correspondiente al domicilio del sentenciado, de

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Puerto Aysén, ocho de octubre de dos mil veintiuno VISTO LOS ANTECEDENTES Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que ante este Juzgado de Letras y Garantía de Aysén en causa RUC 2100168550-0- RIT 230-2021, el señor Fiscal Adjunto del Ministerio Público de esta comuna don AQUILES ENRIQUE CUBILLOS CUBILLOS, con domicilio y forma de notificación registrado en este tribunal, con fecha 9 de julio de 2021 presen

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