14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTÓBAL ANDRÉS PAJARITO MARIMÁN

Rol

O-1323-2021

Fecha

7 de octubre de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RUC N° 2100197412-K RIT Nº 1323-2021, en contra del imputado CRISTÓBAL ANDRÉS PAJARITO MARIMAN, chileno, 28 años de edad, nacido el 04 de enero de 1993, transportista, cédula de identidad Nº18271832-7, soltero, domiciliado en calle Diego Portales N°1073, departamento 102-B, comuna de La Florida, quien citado legalmente compareció a la audiencia, en la que estuvieron presentes la representante del Ministerio Público el Sr. Fiscal Adjunto don Gustavo Ahumada y por la Defensa la Sra. Defensora de la Defensoría Penal Pública doña María Raggi. En esta causa se presentó en su oportunidad requerimiento en procedimiento simplificado, y en la audiencia fijada al efecto, celebrada el día 20 de abril de 2021, el requerido, al ser preguntada por el Juez, conforme al artículo 395 del Código Procesal Penal, solicitó la realización del juicio. El hecho atribuido al imputado consiste en síntesis en que; “El día 01 de marzo de 2021, aproximadamente a las 16:30 en la vía pública en calle Vicuña Mackenna frente al N° 8690, Comuna de La Florida, lugar en donde mantiene un altercado con la víctima el guardia de la Municipalidad de La Florida Jorge Edison Torres Soler, quien lo increpa por estar mal estacionado. El imputado de forma agresiva reacciona ante la petición de la víctima quien le pide que estacione bien el vehículo, para luego descender del camión en el cual se encontraba provisto de un elemento contundente, provocando daños en la motocicleta de la víctima y asimismo agrediendo a la víctima en reiteradas oportunidades con el elemento que portaba, resultando esta con lesiones consistentes en contusión mano y hombro izquierdo moderados, contusión facial moderada, heridas simples, lesiones de carácter leve. Los daños fueron avaluados en la suma de $650.000.” Los ilícitos antes expuestos a juicio del Ministerio Público, constituyen la falta de lesiones leves y el delito daños simples, prevista y sancionada la primera, en el artículo 494 N°5, la primera y el segundo en el artículo 487, ambos del Código Penal, correspondiéndole al requerido participación en calidad de autor, en ellos, encontrándose ambos hechos en grado de desarrollo consumado. En concepto del Ministerio Público concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad del artículo 11 N° 6 del Código Penal y razón de ello solicita se le imponga la pena de multa ascendente a Cuatro Unidades Tributarias Mensuales, RXMFWNZPXY ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 08/10/2021 12:56:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 h

Fallo

se resuelve: I.- Que se absuelve a CRISTÓBAL ANDRÉS PAJARITO MARIMAN, de la imputación formulada por el Ministerio Público, por el delito de daños. II.- Que se condena a CRISTÓBAL ANDRÉS PAJARITO MARIMAN ya individualizado, a la pena de multa ascendente a CUATRO UNIDADES TRIBUNTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad como autor de la falta penal de Lesiones Leves, en grado de desarrollo consumado, hecho ocurrido en esta ciudad el día01 de marzo de 2021, en perjuicio de Jorge Torres Soler. III.- Que para el pago de la multa impuesta se concede en favor del condenado CUATRO parcialidades, venciendo la primera de ellas el último día del mes en que quede ejecutoriada la presente sentencia y las restantes los últimos días de los meses siguientes. El no pago de cada parcialidad hará exigible el total de la multa impuesta, debiendo acreditar dicho pago dentro de los 5 días siguientes a cada parcialidad, en el evento de no acreditar dicho pago se despachará en su contra orden aprehensión, para que cumpla la pena sustitutiva de 12 días de reclusión. IV. Que NO se le condena al pago de las costas del juicio, a la defensa por no hacer resultado totalmente vencida, dicha parte. En su oportunidad dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal RUC Nº 2100197412-K. RIT Nº 1323-2021 DICTADA POR DOÑA ANDREA ACEVEDO MUÑOZ, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR, DECIMOCUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RXMFWNZPXY ANDREA CECILIA ACEVEDO MUÑOZ Juez de garantía Fecha: 0

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Santiago, siete de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se llevó a cabo la audiencia de juicio simplificado, con esta fecha, en la causa RUC N° 2100197412-K RIT Nº 1323-2021, en contra del imputado CRISTÓBAL ANDRÉS PAJARITO MARIMAN, chileno, 28 años de edad, nacido el 04 de enero de 1993, transportista, cédula de

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