Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

CONDORI/CODELCO CHILE

Rol

T-99-2020

Fecha

5 de abril de 2021

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDOS: PRIMERO: Denuncia y sus fundamentos. Que compareció don Jaime Andrés Conejero Véliz, abogado y mandatario judicial de don Erick César Condori Cárdenas, cesante, ambos domiciliados en calle Sánchez Fontecilla N° 888, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien deduce denuncia de tutela laboral por vulneración del derecho a la integridad psíquica y a la honra con ocasión del despido, en contra de Corporación Nacional del Cobre de Chile representada legalmente por don Lindor Quiroga Bugueño, Ingeniero, cédula de identidad N° 9.182.846-4, ambos con domicilio en Avenida Central Sur N° 1990, Villa Ayquina, comuna de Calama. Señala, que su representado fue contratado por Codelco bajo vínculo de subordinación y dependencia el día 14 de junio de 2004, en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, para desempeñarse como “Operador Mina” en el yacimiento cuprífero Radomiro Tomic. Sostiene, que su remuneración mensual era de naturaleza mixta, ya que se componía de un sueldo base y de una serie de ítems de naturaleza variable, tales como, incentivos divisionales, asignación por condición de trabajo, bono por turno de noche, asignación personal BRG, bono incremento productividad, entre otros, siendo el promedio de sus tres últimas remuneraciones, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, la suma de $3.458.340, conforme dispone el artículo 172 del Código del ramo. Agrega, que su representado desde que ingresó a Codelco fue un activo Dirigente Sindical, llegando a tener destacados cargos en el Sindicato de Trabajadores Radomiro Tomic y la Federación de Trabajadores del Cobre, incluso, en el año 2016 estuvo en la quina para ser el representante de los trabajadores en el directorio de Codelco. En efecto, el 27 de septiembre de 2012 fue elegido con primera mayoría, presidente del Sindicato de Trabajadores de la División Radomiro Tomic. Dicho cargo tenía una duración de 2 años. Indica, que en las siguientes elecciones de la directiva del sindicato, efectuadas el 28 de septiembre 2014, su representado obtuvo la segunda mayoría, asumiendo como Tesorero de del Sindicato de Trabajadores de la División Radomiro Tomic. Dicho cargo tenía una duración de 2 años. Enfatiza que, las ideas instauradas por su representado en su periodo como dirigente sindical, fueron principalmente orientadas a defender a los socios del sindicato, quienes fueron víctimas de la “mano dura” que imponía la administración. En la misma línea, sostiene que producto del fallecimiento de un trabajador socio, quien fue aplastado por derrumbe del cerro donde se encontraba trabajando, donde no se daban las condiciones mínimas para hacerlo, su representado junto a otros dirigentes promovieron iniciar una huelga, por las malas condiciones de trabajo del momento, y que finalmente terminó con la salida del Gerente General don Francisco Carvajal, así demostraba su férrea lucha por los derechos de los trabajadores. En el mismo sentido, señala que

Fallo

por estas razones, que su representado quedó emocional y anímicamente muy afectado, por lo que decidió renunciar a sus cargos como dirigente del Sindicato de Trabajadores de Radomiro Tomic y como consejero nacional de la Federación de Trabajadores del Cobre, ambos en abril de 2018, decidiendo seguir con su trabajo en la División de Radomiro Tomic. Así las cosas, sostiene que el reintegro a sus funciones no lo pudo hacer inmediatamente, sino que después de 10 meses de vacaciones, y la razón de ello es porque el señor Francisco Farías, Director de Relaciones Laborales de Radomiro Tomic, no le permitía “subir” a trabajar, otorgando periodos de vacaciones que no correspondían, con tal de que renunciara, evidenciando así, el interés de Codelco de tenerlo fuera de su empresa. Sostiene que una vez de vuelta a su trabajo, en el mes de enero de 2019 su representado tuvo un trato diferenciado y discriminatorio respecto de su jefatura, lo que se vio reflejado en falta de instrucción que tenía respecto de los trabajos encomendados, de ropa de trabajo que no se estaba entregando, de pase o credencial para ingresar a faena Radomiro Tomic y también, aislándolo por completo respecto de sus demás compañeros, hechos que afectaron gravemente su salud mental, que lo llevaron a solicitar una reunión con el Gerente General de la División, Sr. Lindor Quiroga Bugueño. Refiere que de la reunión con el señor Quiroga, efectuada en enero de 2019, éste último se sinceró con su representado y le señaló

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Calama, cinco de abril de dos mil veintiuno VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDOS: PRIMERO: Denuncia y sus fundamentos. Que compareció don Jaime Andrés Conejero Véliz, abogado y mandatario judicial de don Erick César Condori Cárdenas, cesante, ambos domiciliados en calle Sánchez Fontecilla N° 888, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien deduce denuncia de tutela laboral por vulneración del derech

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