Juzgado de Garantía de Curico.

JOSE ANTONIO CHANDIA SAAVEDRA C/ CRISTOPHER LEONARDO ZAPATA MALDONADO

Rol

O-8590-2020

Fecha

30 de septiembre de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS : El día 26 de abril del año 2020, alrededor de las 01:59 horas, en la Calle Senda 3 de la ciudad de la ciudad de Curicó, el requerido ya individualizado, procedió a patear el dispositivo policial PPU RP-3540, ocasionando daños en la puerta delantera costado derecho del móvil, los que son avaluados en la suma aproximada de $ 200.000 SE DECLARA: I) Que, SE CONDENA a don CRISTOPHER LEONARDO ZAPATA MALDONADO, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el Artículo 487 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio XCMWWNJGQH Mauricio Andrés Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 07/10/2021 09:29:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl jurisdiccional el día 26 de abril de 2020, a sufrir la pena de MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II) Que, si el sentenciado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido sentenciado, sin que ella pueda exceder de seis días. La mencionada multa podrá ser pagada en TRES CUOTAS, la primera de ellas hasta el último día hábil del mes de octubre del presente año, y las restantes hasta el último día hábil de los meses siguientes. El no pago de la multa puede dar lugar a que esta sea sustituida por la pena de reclusión en los términos ya señalados, por cuanto el sentenciado optó por pagar la multa impuesta en cuotas, y no cumplir con trabajos comunitarios. III) Que, NO SE CONDENA EN COSTAS al senten

Fallo

SE DECLARA: I) Que, SE CONDENA a don CRISTOPHER LEONARDO ZAPATA MALDONADO, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el Artículo 487 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio XCMWWNJGQH Mauricio Andrés Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 07/10/2021 09:29:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl jurisdiccional el día 26 de abril de 2020, a sufrir la pena de MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II) Que, si el sentenciado no tuviere bienes suficientes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a la que ha sido sentenciado, sin que ella pueda exceder de seis días. La mencionada multa podrá ser pagada en TRES CUOTAS, la primera de ellas hasta el último día hábil del mes de octubre del presente año, y las restantes hasta el último día hábil de los meses siguientes. El no pago de la multa puede dar lugar a que esta sea sustituida por la pena de reclusión en los términos ya señalad

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, treinta de septiembre de dos mil veintiuno Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado CRISTOPHER LEONARDO ZAPATA MALDONADO Cédula de identidad 16.860.179-4 Fecha de nacimiento 20 de agosto de 1988 Profesión u oficio No indica Dirección Población Santa Fe, Calle Senda 1 Norte Nº139, Curicó Delito D

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