Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR

Rol

O-1880-2021

Fecha

4 de octubre de 2021

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público, en contra de don ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR, cédula nacional de identidad Nº18.382.189-K, se ignora profesión u oficio, domiciliada en Avenido España Nº 728 Punta Arenas, legalmente representado por el abogado Defensor Penal don Juan Carlos Rebolledo. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el fiscal don Manuel Soto. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son los siguientes: “El Ministerio Público, teniendo como noticia, que personas determinadas, estarían dedicados al tráfico de drogas en la región, y utilizando diversas herramientas y técnicas de investigación propias de la ley 20.000.-, se logró recabar antecedentes suficientes, que permitían vincular al imputado Eric Alejandro Pardo Pulgar, en el tráfico de drogas. Fue así, que dentro de ese contexto, se obtuvo antecedentes que permitían establecer que el imputado ya individualizado, coordinaba permanentemente la entrega de distintos tipos de droga ilícita. Para ello, disponía de proveedores de droga ilícita principalmente del norte del país, previa coordinaciones remitían sustancias ilícitas a la Región de Magallanes, vía encomienda y por transporte y traslado de personas. En ese contexto, el imputado ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR, en el PFNGWNXFKF Cristian Javier Armijo Silva Juez de garantía Fecha: 06/10/2021 22:46:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mes de mayo de 2021 viajó desde Punta Arenas con destino a la zona central de país, para adquirir droga ilícita para su posterior traslado y distribución

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día martes veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, se celebró audiencia de juicio abreviado en causa rol interno O- 1880-2021, que tuvo por objeto conocer y juzgar los hechos contenidos en la acusación impetrada por el Ministerio Público, en contra de don ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR, cédula nacional de identidad Nº18.382.189-K, se ignora profesión u oficio, domiciliada en Avenido España Nº 728 Punta Arenas, legalmente representado por el abogado Defensor Penal don Juan Carlos Rebolledo. Como acusador, compareció el Ministerio Público, representado por el fiscal don Manuel Soto. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, son los siguientes: “El Ministerio Público, teniendo como noticia, que personas determinadas, estarían dedicados al tráfico de drogas en la región, y utilizando diversas herramientas y técnicas de investigación propias de la ley 20.000.-, se logró recabar antecedentes suficientes, que permitían vincular al imputado Eric Alejandro Pardo Pulgar, en el tráfico de drogas. Fue así, que dentro de ese contexto, se obtuvo antecedentes que permitían establecer que el imputado ya individualizado, coordinaba permanentemente la entrega de distintos tipos de droga ilícita. Para ello, disponía de proveedores de droga ilícita principalmente del norte del país, previa coordinaciones remitían sustancias ilícitas a la Región de Magallanes, vía encomienda y por transporte y traslado de personas. En ese contexto, el imputado ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR, en el PFNGWNXFKF Cristian Javier Armijo Silva Juez de garantía Fecha: 06/10/2021 22:46:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mes de mayo de 2021 viajó desde Punta Arenas con destino a la zona central de país, para adquirir droga ilícita para su posterior traslado y distribución en Punta Arenas. Regresando a la comuna de Punta Arenas el día 26 de mayo de 2021, en vuelo N° 401 de la Empresa SKY, transportando y manteniendo en su poder oculta en su vestimenta, específicamente en la parte baja de su espalda, entre su ropa interior y la pretina de su pantalón, una bolsa plástica transparente la cual mantenía, una sustancia en polvo de color blanca, en estado seco, que sometida a la prueba de orientación respectiva arrojó coloración positiva para KETAMINA, y cuyo peso fue de 74,24 gramos, sustancia ilícita que el imputado PARDO PULGAR, pretendía ingresar a la región de Magallanes para su comercialización” A juicio de la fiscalía, los hechos anteriormente descritos configuran el tipo penal tipi

Fallo

Por lo expuesto, atendida la entidad de las minorantes de responsabilidad, se aplicará la pena en los términos pedido por el persecutor. Se decretará de igual modo el comiso de las especies incautadas. DECIMO: Multa. Que en cuanto a la multa, teniendo presente que la privación de libertad a que ha estado sujeto el imputado, esto es, sin poder sustentarse económicamente, lo indicado en sus informes sociales, la situación económica que en general está aconteciendo con ocasión de la pandemia y no habiendo oposición del ente persecutor, aparece justificado efectuar una reducción adicional a la sanción pecuniaria solicitada por el Ministerio Público, accediendo a lo pedido en cuanto a la multa a aplicar, pero en menor medida de lo pedido y se otorgará además un plazo para su pago. DECIMO PRIMERO: Pena sustitutiva. Que reuniéndose en la especie respecto del sentenciado los requisitos previstos en el artículo 15 bis de la Ley 18.216, se aplicará la pena sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva. Al respecto, se ha de consignar que no registra condenas en su extracto de filiación. Además, teniendo presente la documentación e informes aportados por la defensa, se entiende que los antecedentes personales, laborales, sociales y familiares de los imputados resultan idóneos para determinar que una intervención especializada, resultará eficaz para su reinserción social y particularmente, para disuadirlos de cometer nuevos delitos, cumpliéndose de esta manera con los fines preventivos

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : JUZGADO DE GARANTÍA DE PUNTA ARENAS RUC : 2100509104-4 RIT : O-1880-2021 PROCEDIMIENTO : ABREVIADO IMPUTADO : ERIC ALEJANDRO PARDO PULGAR DELITO : TRAFICO ILICITOS DE DROGAS Punta Arenas, cuatro de octubre del año dos mil veintiuno. Visto, oído y considerando: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día martes veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno, ante el Juzgado de Garantí

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